¿Se puede implementar el sistema de jubilación de agricultores?
Análisis jurídico: La propuesta de establecer un sistema de jubilación para los agricultores es de gran importancia práctica y plenamente coherente con la realidad rural. La clave es que, dada la fortaleza actual de los fondos fiscales y de seguridad social, no será fácil establecer verdaderamente un sistema de jubilación rural.
Los agricultores por definición se refieren a personas dedicadas a la producción agrícola, y este grupo de personas es limitado. Según las estadísticas actuales, hay alrededor de 300 millones de agricultores que trabajan cerca de las ciudades, pero la gran mayoría de estos agricultores lo creen. siguen siendo agricultores porque sus hogares están en zonas rurales, y hay personas mayores de 60 años en zonas rurales que viven en zonas rurales y no se dedican a la agricultura. Por lo tanto, la población rural es muy diferente si tiene un sistema de jubilación. Los agricultores se establecen sobre la base del modelo tradicional, la operatividad no es muy buena y el país aún necesita establecer un sistema de jubilación específico.
Base legal: "Medidas Provisionales del Consejo Estatal sobre Jubilación y Renuncia de Trabajadores" Artículo 1 Trabajadores de empresas, instituciones públicas, agencias estatales y organizaciones populares de propiedad colectiva que cumplan con uno de los Deben jubilarse las siguientes condiciones: (1) Los hombres tienen más de sesenta años de edad, las mujeres tienen más de cincuenta años y diez años consecutivos de servicio. (2) Quienes se dediquen a trabajos físicos subterráneos, a gran altitud, a altas temperaturas, particularmente pesados, u otros trabajos nocivos para la salud, hombres mayores de cincuenta y cinco años, mujeres mayores de cuarenta y cinco años, y que tengan Trabajó continuamente durante diez años. Esta disposición también se aplica a los cuadros de base cuyas condiciones de trabajo sean las mismas que las de los trabajadores. (3) El hombre tiene más de cincuenta años y la mujer tiene más de cuarenta y cinco años, ha trabajado de forma continua durante diez años, está certificado por el hospital y confirmado por el comité de valoración laboral, y ha perdido por completo la capacidad para trabajar. (4) Incapacitado para el trabajo, certificado por el hospital y confirmado por el Comité de Evaluación Laboral, indicando que la persona ha perdido completamente la capacidad para trabajar.