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Artículo 13 de la Tercera Interpretación de la Ley de Sociedades Anónimas

Si los accionistas incumplen íntegramente sus obligaciones de aportación de capital, los demás accionistas promotores de la sociedad asumirán las responsabilidades legales correspondientes. Al respecto, la "Interpretación Judicial III de la Ley de Sociedades de Capital" ha previsto disposiciones detalladas. La siguiente es una interpretación compilada del artículo 13 de la Interpretación Judicial 3 de la Ley de Sociedades. Todos pueden leerlo y consultarlo.

1. Tres Artículos de la Interpretación Judicial de la Ley de Sociedades

Artículo 13 de la “Interpretación Judicial Tercera de la Ley de Sociedades”: Si un accionista incumple o no cumple íntegramente cumplir con sus obligaciones de aportación de capital, la empresa u otros accionistas solicitan Si cumple plenamente sus obligaciones de aportación de capital a la empresa de conformidad con la ley, el tribunal popular debe apoyarlo.

Si los acreedores de una empresa exigen a los accionistas que no han cumplido o no han cumplido íntegramente sus obligaciones de aportación de capital que asuman una responsabilidad de compensación complementaria por la parte de la deuda de la empresa que no puede pagarse dentro del ámbito del capital y los intereses. que no ha sido aportado, el tribunal popular lo apoyará; los accionistas que hayan cumplido con sus obligaciones de aporte de capital ya hayan asumido las responsabilidades anteriores. Si otros acreedores hacen la misma solicitud, el tribunal popular no lo apoyará.

Si un accionista incumple o no cumple íntegramente sus obligaciones de aportación de capital al constituirse la sociedad, y el demandante interpone demanda conforme a los apartados 1 ó 2 de este artículo y solicita que los promotores de la sociedad y los accionistas demandados son responsables solidariamente, el Tribunal Popular debe recibir apoyo después de que los promotores de la empresa asuman la responsabilidad, pueden recuperar una compensación de los accionistas demandados;

Un accionista incumple o incumple íntegramente sus obligaciones de aportación de capital cuando la sociedad aumenta el capital, y el demandante interpone una demanda conforme a los apartados 1 ó 2 de este artículo, alegando que el accionista incumple cumplir con las obligaciones del párrafo 1 del artículo 148 de la Ley de Sociedades. Si los directores y altos directivos que no han desembolsado el capital en su totalidad asumen las obligaciones correspondientes debido a sus obligaciones estipuladas, el tribunal popular lo apoyará después de que los directores y altos directivos asuman la responsabilidad; podrá recuperar una indemnización de los accionistas demandados.

II. Interpretación de la Tercera Interpretación Judicial de la Ley de Sociedades

La “Ley de Sociedades” estipula que los accionistas tienen la obligación legal de realizar íntegramente sus aportes de capital.

Artículo 28, párrafo 1 de la "Ley de Sociedades" "Los accionistas deberán pagar íntegra y puntualmente el importe del aporte de capital previsto en los estatutos de la sociedad. Si los accionistas aportan capital en moneda, deberán pagar el importe total del aporte de capital en moneda se depositará en la cuenta abierta por la sociedad de responsabilidad limitada en el banco; si el aporte de capital es en propiedad no dineraria, los procedimientos de transferencia de sus derechos de propiedad se tramitarán de conformidad; con la ley "

Artículo 83, apartado 1 de la "Ley de Sociedades Anónimas" " Si se constituye una sociedad anónima por vía de constitución, los promotores deberán suscribir por escrito las acciones suscritas en la forma especificada en el artículo 83, apartado 1 de la "Ley de Sociedades Anónimas". los estatutos de la sociedad, y realizarán aportes de capital de conformidad con lo dispuesto en los estatutos de la sociedad, y deberán tramitar los trámites de transferencia de sus derechos reales de conformidad con la ley."

Sin embargo, lo anterior. disposiciones eran todas para que la sociedad, otros accionistas y acreedores demandaran por incumplimiento de sus obligaciones de aporte de capital, mientras que esta disposición establece la procesabilidad del incumplimiento de aportar íntegramente capital de acuerdo con la ley. Para los accionistas que no cumplan con sus obligaciones de aporte de capital de acuerdo con la ley o no cumplan plenamente con sus obligaciones de aporte de capital, la empresa y otros accionistas tienen derecho a demandar y pueden exigirles que hagan correcciones en su comportamiento de aporte de capital y paguen o compensar sus aportes de capital. Sin embargo, vale la pena explorar que este artículo no estipula claramente si la empresa y otros accionistas pueden exigir la responsabilidad de compensación de los accionistas que no hayan aportado capital de acuerdo con la ley o no hayan realizado aportes de capital completos. El abogado personalmente cree que el incumplimiento o el incumplimiento por parte de un accionista de sus obligaciones de aportación de capital constituye, por un lado, un incumplimiento de contrato contra otros accionistas y, por otro, viola la obligación del accionista de aportar capital verazmente a la empresa. pérdidas causadas por la obligación de inversión, la empresa y otros accionistas tienen derecho a exigir de forma independiente la responsabilidad de compensación del accionista.

Para los accionistas que no cumplan con sus obligaciones de aporte de capital de acuerdo con la ley o no cumplan íntegramente con sus obligaciones de aporte de capital, los acreedores de la empresa también tienen derecho a demandar y pueden exigir a los accionistas que asuman una responsabilidad de compensación complementaria. por las deudas impagas de la empresa dentro del ámbito del capital y los intereses que no deberían haber aportado. Cabe señalar que la responsabilidad de compensación complementaria del accionista que incumple o no cumple íntegramente sus obligaciones de aporte de capital se limita al alcance del principal e intereses que debe aportar de acuerdo con los estatutos de la sociedad, y esto La limitación incluye las responsabilidades externas del accionista. Sin embargo, cuando la responsabilidad ha llegado al límite, nadie puede reclamar derechos contra el accionista. La razón para limitar la responsabilidad de los accionistas se basa en las características de la responsabilidad limitada de los accionistas en los sistemas modernos de sociedad de responsabilidad limitada y sociedad anónima. Los accionistas sólo tienen obligaciones limitadas de aportar capital a la empresa, pero no tienen la obligación de hacerlo. soportar directamente las deudas de la empresa. Sin embargo, cuando los accionistas no cumplen o no cumplen plenamente sus obligaciones de aportación de capital, la empresa debe exigir a los accionistas que cumplan con sus obligaciones de aportación de capital. Sin embargo, con el fin de proteger eficazmente los intereses de los acreedores y reducir la carga sobre los acreedores, la ley. permite a los acreedores realizar contribuciones de capital directamente a la empresa. Cuando los accionistas reclaman derechos, cumplirán directamente con sus obligaciones con los acreedores, y las obligaciones asumidas por los accionistas aún se limitan al alcance de la contribución de capital y no cambiarán en consecuencia.

Este artículo establece la responsabilidad solidaria de los promotores de la sociedad por los accionistas que incumplan o no cumplan íntegramente sus obligaciones de aporte de capital al constituirse la sociedad, y aclara que una vez que los promotores asuman la responsabilidad, realizará aportes de capital a los accionistas que no hayan cumplido o no hayan cumplido íntegramente sus aportes de capital. Los derechos de los accionistas obligados a recuperar una compensación. Cabe señalar que esta disposición rompe en gran medida con la responsabilidad solidaria de los promotores de sociedades por aportaciones de capital insuficientes prevista en la Ley de Sociedades de Capital. Por un lado, los promotores de una sociedad limitada no sólo son responsables solidarios de las aportaciones de capital no dinerario, sino también de las aportaciones de capital dinerario. Cabe señalar que los promotores previstos en esta interpretación judicial no se limitan a los promotores de sociedades anónimas previstos en la "Ley de Sociedades Anónimas", sino a los promotores definidos en el artículo 1, que incluye a los accionistas cuando se constituye la sociedad limitada. Por otra parte, los promotores de una sociedad anónima no sólo responderán solidariamente frente a otros promotores, sino que también lo serán frente a otros accionistas cuando se constituyó la sociedad. Esta disposición aumenta las responsabilidades de los promotores, refuerza las obligaciones de supervisión de los promotores de la empresa sobre la formación de capital de la empresa y garantiza la eficacia de los activos de la empresa y los intereses de los acreedores.