¿El reconocimiento de títulos profesionales junior requiere prueba de educación continua?
Artículo 6 del “Reglamento de Educación Continua para Profesionales Contables”:
El personal con cualificación profesional y técnica contable comenzará a participar en la educación continua al año siguiente de obtener su propia contabilidad. calificaciones profesionales y técnicas y obtener los créditos prescritos en el plazo prescrito. El personal que no tenga calificaciones profesionales y técnicas contables pero se dedique a trabajos contables deberá participar en educación continua a partir del año siguiente a la realización de trabajos contables y obtener los créditos prescritos dentro del tiempo prescrito.
Artículo 12 del “Reglamento sobre Educación Continua de los Profesionales y Técnicos Contables”:
El personal profesional y técnico contable que participe en la educación continua será administrado por un sistema de créditos, y Obtendrá no menos de 90 créditos por año participando en educación continua. Entre ellas, las materias profesionales representan generalmente no menos de dos tercios del total de créditos. Los créditos obtenidos por el personal profesional y técnico contable que participa en la educación continua tienen validez nacional para el año en curso y no podrán ser arrastrados para su uso en años posteriores.
Datos ampliados:
1. La nueva normativa para los objetos de formación continua es la siguiente:
1. Contadores con cédula profesional y técnica contable.
Interpretación: El personal que tenga títulos de contabilidad junior, títulos de contabilidad intermedios y certificados de contador senior debe participar en educación continua.
2. Los contadores que posean certificados de habilitación contable y se dediquen a labores contables.
Interpretación: Quienes hayan obtenido el certificado de calificación contable antes de que se cancele el examen de calificación contable y aún se dediquen al trabajo contable, deben participar en la educación continua.
3. Otros contadores que se dediquen a labores contables.
Interpretación: Toda persona que se dedique a labores relacionadas con la contabilidad, independientemente de si cuenta con un certificado de calificación técnica profesional contable o un certificado de calificación de practicante de contabilidad, debe participar en la educación continua siempre que se dedique a actividades relacionadas con la contabilidad. trabajar.
En segundo lugar, el tiempo para participar en la educación continua
1. El personal con calificación profesional y técnica contable puede participar en la educación continua a partir del segundo año después de obtener la calificación profesional y técnica contable. En otras palabras, si aprueba el examen de título de profesional contable junior este año, estará exento de educación continua ese año. La premisa es que deberá acudir a la oficina de finanzas local para realizar los trámites pertinentes y luego podrá realizarlo. el examen a partir del segundo año.
2. Las personas que no tengan calificaciones profesionales y técnicas contables y se dediquen a labores contables participarán en la educación continua a partir del segundo año de labores contables.
3. La educación continua para otro personal contable, incluidos aquellos con certificados de calificación contable y certificados junior, solo necesita participar en la educación continua una vez al año, y el tiempo específico está sujeto a las regulaciones locales. departamento financiero.
Materiales de referencia:
Escuela en línea de contabilidad de China: resumen de temas relacionados con la educación continua en contabilidad junior