Condiciones para el establecimiento de cooperativas profesionales de agricultores
1. ¿Cuáles son las condiciones para el establecimiento de una cooperativa profesional de agricultores?
1. Las condiciones para el establecimiento de una cooperativa profesional de agricultores son las siguientes:
(1) Si hay más de cinco miembros que cumplan con las normas, los ciudadanos con capacidad civil, así como las empresas, instituciones o grupos sociales dedicados a actividades de producción y operación directamente relacionadas con el negocio de las cooperativas profesionales de agricultores, pueden utilizar el servicios prestados por las cooperativas profesionales de agricultores, reconocer y cumplir los estatutos de las cooperativas profesionales de agricultores y cumplir las disposiciones de los estatutos. Quienes hayan completado los procedimientos de afiliación pueden convertirse en miembros de las cooperativas profesionales de agricultores. Sin embargo, las unidades con la función de gestionar los asuntos públicos no pueden afiliarse a cooperativas profesionales de agricultores. Se debe preparar una lista de miembros y reportarla a la autoridad de registro. Entre los miembros de una cooperativa profesional de agricultores, los agricultores deben representar al menos el 80% del total de miembros. Si el número total de miembros es inferior a 20, puede haber una empresa, institución pública o grupo social miembro; si el número total de miembros es superior a 20, el número de miembros de una empresa, institución pública o grupo social no podrá exceder de 5; % del número total de miembros;
(2) Tener un estatuto que cumpla con las disposiciones legales pertinentes;
(3) Tener una estructura organizacional que cumpla con las disposiciones legales pertinentes;
(4) Tener una estructura organizacional que cumpla con las leyes y reglamentos administrativos El nombre especificado y la dirección especificada en los estatutos;
(5) Hay miembros que cumplen con los disposiciones de los estatutos sociales y aportar capital.
2. Base jurídica: Artículo 12 de la "Ley de Cooperativas Profesionales de Agricultores de la República Popular China"
Para constituir una cooperativa profesional de agricultores se deben cumplir las siguientes condiciones:
(1) Tener cinco o más miembros que cumplan con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de esta Ley;
(2) Tener un estatuto que cumpla con lo dispuesto en esta Ley ;
(3) Tener una estructura organizacional que cumpla con las disposiciones de esta Ley;
(4) Tener un nombre y domicilio determinado por los estatutos que cumplan con las leyes y reglamentos administrativos;
(5) Tener una organización que cumpla con las disposiciones de esta Ley; las contribuciones de los miembros según lo especificado en los estatutos.
Artículo 13
Los miembros de las cooperativas profesionales de agricultores pueden aportar capital en moneda, o en especie, derechos de propiedad intelectual, derechos de gestión de la tierra, derechos forestales, etc. Pueden valorarse en moneda y pueden transferirse de acuerdo con la ley, bienes no monetarios y otros métodos especificados en los estatutos como contribuciones de capital, sin embargo, se excluyen los bienes que no pueden usarse como contribución de capital de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos.
Los miembros de las cooperativas profesionales de agricultores no podrán compensar sus aportes de capital con créditos contra la cooperativa u otros miembros; no podrán compensar deudas con la cooperativa u otros miembros con aportes de capital pagado.
Artículo 14
Para constituir una cooperativa profesional de agricultores se deberá celebrar una reunión de constitución a la que asistirán todos los fundadores. La persona que voluntariamente se convierte en miembro de la sociedad en el momento de su constitución es el fundador.
La asamblea de constitución ejercerá las siguientes facultades:
(1) Adoptar los estatutos de la Sociedad, los cuales serán adoptados por unanimidad de todos los fundadores;
(2) Elegir al Presidente, directores, supervisores ejecutivos o miembros de la junta de supervisores;
(3) Revisar otros asuntos importantes.
2. Qué derechos legales disfrutan los miembros de las cooperativas profesionales de agricultores
Los miembros de las cooperativas profesionales de agricultores disfrutan de los siguientes derechos legales:
1. en las asambleas de socios, y gozar del derecho a votar, elegir y ser elegido, y ejercer la gestión democrática de la empresa de conformidad con lo dispuesto en los estatutos;
2. instalaciones de operación proporcionadas por la empresa;
3. De acuerdo con las disposiciones de los estatutos o La asamblea general de socios decide compartir el excedente de la empresa;
4. estatutos, lista de miembros, actas de la asamblea general de socios o de la reunión de representantes de los socios, resoluciones de la reunión de la junta directiva, resoluciones de la reunión de la junta de supervisores, informes de contabilidad financiera, libros de contabilidad e informes de auditoría financiera; p>
5. Otros derechos previstos en los estatutos.