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¿Cómo se definen los objetivos de formación de los funcionarios?

Capítulo 3 del "Reglamento sobre educación y formación de cuadros" Objetos de la educación y formación

Artículo 12 Los cuadros tienen el derecho y la obligación de recibir educación y formación.

Artículo 13 La educación y capacitación de cuadros está abierta a todos los cuadros, centrándose en los cuadros dirigentes del partido y del gobierno a nivel de condado o superior y en cuadros jóvenes y de mediana edad destacados.

Artículo 14 Los cuadros deben participar en la educación y capacitación correspondientes según las diferentes situaciones:

(1) Capacitación de rotación centralizada para implementar decisiones y despliegues importantes del partido y el país;

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(2) Capacitación especial sobre la teoría básica del Partido y la educación del espíritu del Partido;

(3) Nuevos registros de capacitación inicial (empleo);

(4) Sobre -formación en el puesto de trabajo para el ascenso a puestos de liderazgo;

(5) Formación en el puesto de trabajo durante el empleo

(6) Formación empresarial especializada para puestos especiales

(7) Otra formación.

Artículo 15 Los cuadros dirigentes del Partido y del Gobierno a nivel provincial, ministerial, de oficina y de condado participarán en la capacitación en las escuelas del Partido, colegios administrativos, colegios de cuadros y otras instituciones de capacitación reconocidas por la educación y capacitación de cuadros. departamento de gestión cada cinco años. Tres meses o más de 550 horas de estudio. Si una persona ascendida a un puesto de liderazgo no cumple con los requisitos de educación y capacitación previos a la promoción debido a circunstancias especiales, la capacitación deberá completarse dentro de un año después de la promoción. El departamento administrativo de educación y formación de cuadros debe formular planes y tomar medidas generales.

El tiempo para que otros cuadros participen en educación y capacitación se determinará de acuerdo con las regulaciones pertinentes y las necesidades laborales. El tiempo acumulado no será inferior a 12 días o 90 horas de clase por año.

Artículo 16 Los cuadros deben cumplir estrictamente las normas y reglamentos de educación y formación, cumplir estrictamente las disposiciones de aprendizaje y formación, ser honestos y autodisciplinados y completar las tareas de educación y formación prescritas.

Los cuadros que no participan en educación y capacitación o que no cumplen con los requisitos de educación y capacitación por algún motivo, deben recibir capacitación complementaria oportuna. Quienes no superen la evaluación de la educación y formación de cuadros no serán considerados sobresalientes en la evaluación anual. Aquellos que no participan en educación y formación sin razones legítimas deben ser criticados y educados hasta que la organización se ocupe del asunto. Los cuadros que cometan fraude para obtener experiencia de formación, calificaciones académicas o títulos serán castigados severamente de conformidad con las normas pertinentes.

Artículo 17 Los cuadros organizados que participan en educación y capacitación fuera del trabajo generalmente deben disfrutar del mismo trato que en el trabajo y, en general, no serán responsables del trabajo diario de la unidad en el extranjero. inspecciones (fronterizas) y otras tareas. Si realmente es necesario pedir licencia por circunstancias especiales, se deberán seguir estrictamente los procedimientos.

Artículo 18 Cuando los cuadros individuales participen en formación social, los gastos serán sufragados por ellos mismos y no serán reembolsados ​​con fondos fiscales y fondos unitarios. No aceptarán financiamiento alguno o encubierto de ninguna institución u otra. persona.