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¿Cómo actuar ante los funcionarios que dejan sus puestos sin autorización?

El empleador deberá notificar por escrito y limitar a los empleados a regresar a la empresa para trabajar dentro del tiempo especificado. Si no trabajan dentro del tiempo especificado, propondrán medidas de manejo. En segundo lugar, cuando un empleado deja la empresa sin autorización y cumple con los criterios para el despido, el empleador debe hacer pública la terminación de la relación laboral, emitir un aviso de renuncia por escrito al empleado y notificarlo para que venga a manejar los procedimientos de entrega y renuncia. . Si un empleado viola las obligaciones de confidencialidad o las restricciones de no competencia estipuladas en el contrato laboral y causa pérdidas al empleador, el empleador puede solicitar arbitraje y exigir al empleado que compense las pérdidas. El empleador paga los honorarios de formación de los trabajadores. Si el trabajador se marcha antes de la expiración del plazo, el empleador puede exigir al trabajador que compense los honorarios de formación. Si un empleado va a trabajar para otra empresa sin completar los procedimientos de renuncia y causa pérdidas a la empresa original, la empresa puede exigirle al empleado que compense las pérdidas.

Base legal:

Reglamento para la Sanción de los Servidores Públicos de Organismos Administrativos

Artículo 19 Quien cometa cualquiera de los siguientes actos recibirá una amonestación, demérito o demérito mayor Si las circunstancias son graves, será degradado o destituido; si las circunstancias son graves, será despedido: (5) Violar normas, exigir evasión, afectar la justa ejecución de los deberes oficiales; y provocando consecuencias adversas.

Artículo 23: Quienes malversan, solicitan sobornos, aceptan sobornos, ofrecen sobornos, malversan fondos públicos, utilizan la conveniencia de su cargo para buscar beneficio personal para sí o para otros, y cuyas fuentes de enormes cantidades de bienes se desconoce será sancionado con demérito o superior si las circunstancias son graves, se le dará degradación o despido si las circunstancias son graves, despido;

Artículo 26: El que divulgare secretos de Estado, secretos de trabajo o divulgare secretos comerciales o de la intimidad personal conocidos en el desempeño de sus funciones, causando consecuencias adversas, será amonestado, demérito o demérito mayor; si las circunstancias son graves, será degradado o despedido si las circunstancias son graves, será despedido;