Artículos del Comité Técnico Nacional de Normalización de Calderas y Recipientes a Presión
Artículo 2 Con el fin de adaptarse a las necesidades de mejorar el sistema económico de mercado socialista de mi país y unirse a la Organización Mundial del Comercio, y llevar a cabo mejor el trabajo de estandarización de equipos que soportan presión, como calderas, recipientes a presión, y tuberías a presión, de acuerdo con la gestión nacional de normalización. El comité decidió establecer el Comité Técnico Nacional de Normalización de Calderas y Recipientes a Presión (en adelante, el "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas").
Artículo 3 "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" es una organización técnica nacional dedicada a la estandarización de equipos a presión como calderas, recipientes a presión y tuberías a presión. Es responsable de la tecnología de estandarización centralizada de esta profesión y. es específicamente responsable de calderas, presión La formulación, revisión, revisión, publicidad, interpretación, edición de datos y aceptación de estándares nacionales e industriales (incluidos los documentos técnicos rectores) para el diseño, fabricación, inspección y aceptación de equipos a presión, como recipientes y equipos a presión. tuberías.
Artículo 4: El "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" es liderado y administrado por el Comité Nacional de Gestión de Normalización. Los sellos del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y su secretaría son emitidos por el Comité Nacional de Gestión de Normalización. El nombre en clave del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" es SAC/TC 262, que en inglés se llama "Comité de Normalización de Recipientes a Presión y Calderas de China", y su abreviatura en inglés es "cscbpv".
El logo del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" es:
Capítulo 2 Tareas de Trabajo
Artículo 5: Bajo la guía de las directrices y políticas nacionales de normalización, a la normalización nacional El Comité de Gestión y otros departamentos gubernamentales pertinentes proponen directrices, políticas y medidas técnicas para el trabajo de normalización profesional, y son responsables de la implementación específica del trabajo de normalización profesional.
Artículo 6 De acuerdo con los principios de formulación y revisión de normas nacionales y la política de adopción de normas internacionales y normas extranjeras avanzadas, y con base en las necesidades reales del trabajo nacional de normalización profesional, será responsable de organizar la preparación. de tablas de sistemas de estándares profesionales y formulación de estándares nacionales y estándares industriales. Formular y revisar planes y planes anuales, y hacer sugerencias para la adopción de estándares internacionales y estándares extranjeros avanzados.
Artículo 7: Responsable de organizar la formulación, revisión y revisión de estándares nacionales profesionales y estándares industriales con base en planes aprobados por el Comité Nacional de Administración de Normalización y otros departamentos gubernamentales relevantes. Según sea necesario, el "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" puede encargarse de organizar la formulación y publicación de documentos técnicos de referencia, como casos estándar para esta profesión.
Artículo 8: Responsable de organizar la revisión de las normas nacionales y de los estándares de la industria en esta profesión, presentar el contenido técnico de las normas, las conclusiones de la revisión sobre la adopción de normas internacionales y normas avanzadas extranjeras, y ser responsable para el contenido técnico y revisar las conclusiones de las normas.
Artículo 9: Completar la notificación y consulta de las normas nacionales obligatorias y de la industria para esta carrera de acuerdo con las normas pertinentes del Comité Nacional de Administración de Normalización.
Artículo 10: Responsable de organizar la publicidad, capacitación e interpretación de las normas nacionales y de la industria en la profesión, investigar y analizar la implementación de las normas nacionales y de la industria promulgadas por la profesión, e informar al Consejo Nacional. Comité de Administración de Estandarización y departamentos administrativos relevantes Presentar informes escritos y recomendaciones para proyectos de premios por logros estandarizados.
Artículo 11: Encargado por el Comité Nacional de Administración de Normalización para realizar los trabajos técnicos de normalización correspondientes a la Organización Internacional de Normalización (iso/tc11, etc.). ) y organizaciones nacionales de normalización de equipos a presión, incluida la expresión de opiniones sobre documentos de normas internacionales, la revisión de propuestas chinas y traducciones chinas de normas internacionales, la expresión de opiniones sobre leyes y normas extranjeras notificadas, la participación en reuniones de comités técnicos de las organizaciones internacionales correspondientes y la realización de normalizaciones internacionales. tecnología comunicación etc.
Artículo 12: Organizar activamente la recopilación y el análisis de las tendencias de desarrollo de estándares internacionales o estándares avanzados extranjeros, traducir estándares internacionales y estándares avanzados extranjeros y brindar consultas y servicios a gobiernos y empresas.
Artículo 13: Encargado por el Comité Nacional de Administración de Normalización, es responsable de la traducción a idiomas extranjeros de las normas nacionales y de la industria en la profesión y de la redacción de normas internacionales, y tiene la obligación de recomendar normas chinas. como estándares internacionales.
Artículo 14: Encargado por los departamentos administrativos pertinentes del Consejo de Estado, en la inspección de productos, supervisión del mercado y evaluación de la conformidad, realizar la evaluación del nivel de las normas relevantes dentro del alcance de la normalización profesional.
Encomendado por los departamentos administrativos pertinentes del Consejo de Estado, puede realizar el trabajo de revisión de estandarización de los proyectos de introducción de esta especialización y presentar un informe de análisis sobre el nivel de estandarización al departamento a cargo de este proyecto.
Artículo 15: Realizar otros trabajos relacionados con la normalización profesional encomendados o asignados por los departamentos gubernamentales correspondientes.
Artículo 16 El "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" puede realizar trabajos de normalización en esta profesión para toda la sociedad, aceptar la encomienda de las provincias, ciudades y empresas pertinentes, y emprender la revisión y consulta de las normas y estándares locales. estándares empresariales en esta profesión, etc. Los servicios técnicos incluyen el desarrollo de software informático relevante, revisión técnica de nuevos materiales, nuevas tecnologías y nuevos procesos dentro de la profesión, así como revisión del cumplimiento de estándares y registro de seguridad dentro de la profesión.
Capítulo 3 Estructura Organizacional
Artículo 17 “Comité de Normas de Capacidad de Calderas” está integrado por personas dedicadas al diseño, fabricación, supervisión e inspección de equipos a presión tales como calderas, recipientes a presión, y tuberías de presión, distribución, uso, enseñanza, miembros de investigación científica y miembros de unidades, la proporción de miembros que representan al gobierno, fabricantes, usuarios, etc. debe estar básicamente equilibrada. La oficina permanente del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" es la Secretaría.
Artículo 18 El "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" estará integrado por un número de miembros y miembros de unidad, entre ellos un presidente y varios vicepresidentes, por su cargo; necesidades, Contrate varios consultores.
Artículo 19 Los miembros del Comité deben contar con personal en servicio que tenga un alto nivel teórico y una rica experiencia práctica, esté familiarizado y entusiasmado con el trabajo de normalización, pueda participar activamente en las actividades de normalización y tenga conocimientos técnicos superiores. títulos o superiores. Los miembros deben reconocer y estar dispuestos a cumplir con esta carta, y los costos de participar en el trabajo de estandarización correrán a cargo de sus unidades.
Los miembros pueden ser recomendados por personas o unidades que estén entusiasmadas con el trabajo de estandarización. Después de pasar la revisión de calificación del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas", serán informados al Comité Nacional de Gestión de Normalización para su aprobación y nombramiento. . Los miembros cumplen mandatos de cinco años y pueden ser reelegidos.
Los miembros tienen derecho a votar en el Comité de Normas de Capacidad de Calderas, el derecho a hacer sugerencias y críticas sobre el trabajo del Comité de Normas de Capacidad de Calderas y el derecho a obtener materiales, documentos e información estándar relevantes de el Comité de Normas de Capacidad de Calderas.
Los miembros deberán participar activamente en los trabajos del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas". Para aquellos que no cumplen con sus deberes, no participan en la revisión estándar del "Comité de estandarización de capacidad de calderas" más de dos veces sin motivo, o a menudo no pueden participar en las actividades del "Comité de estandarización de capacidad de calderas" debido a cambios de trabajo, y no no aptos para continuar desempeñando sus funciones como integrantes, el “Comité de Normalización de Capacidad de Calderas” propondrá ajustes o recomendaciones para su destitución serán elevadas al Comité Nacional de Gestión de Normalización para su aprobación.
Los miembros que requieran ser agregados deberán ser recomendados por al menos tres miembros luego de pasar la revisión de calificación del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas", serán reportados al Comité Nacional de Gestión de Normalización para su aprobación y. cita.
Artículo 20 El "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" podrá contar con un número de miembros unitarios, quienes tendrán derecho a votar, hacer sugerencias y críticas sobre el trabajo del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas", y tener la derecho a obtener del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" "Materiales, documentos e información estándar relevantes".
Los miembros de esta unidad deben reconocer y estar dispuestos a cumplir con este estatuto. Los miembros de esta unidad deberán ser principalmente fabricantes de equipos a presión tales como calderas, recipientes a presión y tuberías a presión, así como otras unidades de diseño y uso relacionadas, organismos de supervisión e inspección, etc. También puede aplicarse. Los miembros de la unidad son recomendados por los miembros u otros miembros de la unidad, luego de aprobar la evaluación del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas", serán informados al Comité Nacional de Gestión de Normalización para su aprobación y nombramiento.
Los representantes de los miembros de la unidad deben estar familiarizados y entusiasmados con el trabajo de estandarización, poder participar activamente en las actividades de estandarización y deben ser ocupados por personal con títulos técnicos superiores o superiores. Los miembros de la unidad cumplen mandatos de cinco años y pueden ser reelegidos.
Artículo 21 El director y subdirector serán recomendados por las autoridades competentes pertinentes mediante consulta y presentados al Comité Nacional de Administración de Normalización para su aprobación y nombramiento. El mandato del presidente y vicepresidente será; cinco años y podrá ser reelegido.
El presidente y el vicepresidente son responsables del trabajo general del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y guían a la secretaría del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" para el desempeño de sus funciones. Sobre la base de resumir plenamente las opiniones de todas las partes, todas las resoluciones importantes de la reunión se organizaron y formaron de acuerdo con el principio de consenso, y se alcanzó consenso en cuestiones importantes como la formulación y revisión de normas.
Artículo 22 El Secretario General será recomendado por la organización que alberga la Secretaría, y el Secretario General Adjunto será nombrado por el Secretario General. El Presidente y los Vicepresidentes se consultarán y recomendarán, y informará al Comité Nacional de Administración de Normalización para su aprobación y nombramiento el Secretario General y el Vicesecretario General. Generalmente deberán ser personal en servicio con un mandato de cinco años y podrán ser reelegidos;
El Secretario General es responsable de presidir el trabajo diario del "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" y velar por el normal funcionamiento del "Comité de Normas de Capacidad de Calderas".
Artículo 23 Los consultores deben ser expertos de alto nivel que estén entusiasmados con el trabajo de normalización dentro de su ámbito profesional y deben tener autoridad y representatividad. Puede autorecomendarse o puede autorecomendarse como miembro, y la secretaría lo presentará al presidente para su aprobación. El consultor no tiene derecho a voto, pero asistirá a todas las reuniones plenarias del comité y tendrá derecho a obtener materiales, documentos e información estándar relevantes del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas". Los consultores están obligados a aceptar consultas del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y de la Secretaría, brindar opiniones y sugerencias sobre asuntos importantes del Comité, revisión de procedimientos estándar y cuestiones técnicas importantes, y también pueden realizar algunos trabajos específicos cuando sea necesario. Cuando un consultor deje de ejercer sus funciones por motivos de salud u otros, deberá presentar un dictamen escrito y la Secretaría informará al Presidente para su destitución.
Artículo 24 El “Comité de Normas de Capacidad de Calderas” podrá establecer un comité de comunicaciones. Los miembros por correspondencia son solicitados voluntariamente por empresas e instituciones relacionadas con esta carrera, y son revisados y aprobados por la Secretaría del "Comité de Normalización de Pot".
Representantes de los miembros correspondientes pueden ser invitados a participar en las reuniones del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y pueden expresar opiniones o hacer sugerencias, pero no tienen derecho a voto. Los corresponsales tienen derecho a obtener materiales, documentos e información normalizados pertinentes del "Comité de normalización de capacidad de calderas".
Artículo 25 Los miembros, los miembros de la unidad y las unidades miembro correspondientes pagarán las cuotas de membresía al "Comité de Normas de Capacidad de Calderas", y el método de pago se estipulará por separado.
Artículo 26 La Secretaría del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" está ubicada en el Instituto de Investigación Económica y Tecnológica de China Petroleum & Chemical Corporation y es responsable de nombrar al Secretario General, secretarios de tiempo completo y otro personal. y proporcionar a la Secretaría las condiciones de trabajo y el apoyo financiero necesarios. El trabajo de la Secretaría se integrará al plan de trabajo del Instituto.
Bajo el liderazgo del Presidente y el Secretario General, la Secretaría es responsable de manejar el trabajo diario del "Comité de Normalización de la Capacidad del Pot", implementar las resoluciones del "Comité de Normalización de la Capacidad del Pot", y manejo del trabajo diario, incluidos borradores de estándares, solicitudes Distribución de borradores de opinión y borradores para revisión, manejo de comentarios, preparación de reuniones, redacción de informes relevantes, aprobación de estándares, enlace y coordinación con agencias relevantes y actividades de estandarización internacional.
Artículo 26 Según las necesidades de trabajo, el "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" podrá establecer comités subtécnicos (en adelante, "subcomités"). El establecimiento del "Subcomité" y su plan de establecimiento fueron propuestos por el "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y presentados al Comité Nacional de Gestión de Normalización para su aprobación.
El "Subcomité" es una organización de trabajo de primer nivel dependiente del Comité de Normas de Capacidad de Calderas. Cumple los estatutos, acepta el liderazgo del Comité de Normas de Capacidad de Calderas y es responsable del trabajo de estandarización en el ámbito profesional y. campos técnicos autorizados por el Comité de Normas de Capacidad de Calderas. Informar periódicamente al Comité de Normas de Capacidad de Calderas. El subcomité debe hacer sugerencias sobre la dirección del trabajo de estandarización y los planes estándar dentro del alcance de la profesión sobre la base de una investigación e investigación completas. Después de la aprobación del Comité de Normalización de Pan-Rong, se incluirán en el plan unificado de. el Comité de Normalización Pan-Rong y organizado e implementado por el subcomité.
El presidente del subcomité será miembro del Comité de Normas de Capacidad de Calderas, y el comité designará un secretario de enlace para actuar de enlace con el subcomité y supervisar el trabajo del subcomité.
El “Subcomité” contará con una secretaría. La unidad encargada de la secretaría del “Subcomité” será responsable de la gestión administrativa de la Secretaría y designará un Secretario General y un secretario de dedicación exclusiva. Proporcionar a la Secretaría las condiciones de trabajo y el apoyo financiero necesarios. La labor de la Secretaría debería incluirse en el plan de trabajo de la Dependencia Común de Inspección.
Los sellos del subcomité y de su secretaría, y las cartas de nombramiento de los miembros del subcomité y del secretario general son emitidos por el Comité Nacional de Administración de Normalización.
Artículo 28 Con base en las necesidades de trabajo, la reunión de directores del "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" decidió establecer comités técnicos profesionales especializados en campos específicos. El Comité Técnico Profesional es responsable de seguir la evolución tecnológica en el ámbito de las profesiones autorizadas y estudiar y resolver los principales problemas técnicos.
El comité técnico profesional cuenta con un experto jefe, y sus miembros son designados por el "Comité de Normas de Capacidad de Calderas", y su trabajo se realiza bajo la dirección directa del "Comité de Normas de Capacidad de Calderas".
En función de las necesidades de trabajo, el "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" puede establecer un grupo de trabajo de normas, que es el principal responsable de la formulación, revisión, interpretación de normas y consulta técnica relacionada de las normas correspondientes. El grupo establecido por el "Subcomité" debe ser Aprobado por el "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas".
Capítulo 4 Procedimientos de Trabajo
Artículo 29: El “Comité de Normalización de Capacidad de Calderas”, al elaborar el plan de formulación y revisión de la norma, con base en los requisitos del Comité Nacional de Administración de Normalización y otros departamentos gubernamentales relevantes, presentar sugerencias para la formulación y revisión de estándares profesionales y presentarlas al Comité Nacional de Gestión de Normalización y otros departamentos gubernamentales relevantes. Después de la coordinación y revisión, se incorporará al plan de desarrollo y revisión del estándar.
Artículo 30 Este plan será formulado y revisado de acuerdo con las normas emitidas por el Comité Nacional de Administración de Normalización y otros departamentos gubernamentales pertinentes. El "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" es responsable de organizar la implementación del plan, orientar y supervisar a los subcomités, comités técnicos profesionales, grupos de trabajo estándar o la unidad principal de redacción de la norma para formular y revisar la norma.
Artículo 31 Sobre la base de la investigación, el análisis, el cálculo y la verificación de las pruebas, el grupo de trabajo estándar o la unidad principal de redacción propone un proyecto de norma y un proyecto para comentarios (incluidos los archivos adjuntos) y los distribuye al " Estandarización de la capacidad de calderas Se invita a los miembros relevantes del "Comité" y a las unidades e individuos representativos a solicitar opiniones. El plazo para solicitar opiniones es generalmente de dos meses. Después de un análisis exhaustivo de los comentarios, el grupo de trabajo sobre normas o la unidad de redacción revisará el proyecto de norma y lo presentará para su revisión a la secretaría.
Artículo 32: Después de que la Secretaría revise el borrador de la norma (incluidos los anexos), se presentará a todos los miembros para su revisión técnica (revisión conjunta o revisión por carta).
La Secretaría presentará el proyecto de norma (incluidos los anexos) a los miembros para su revisión un mes antes de la reunión de revisión o dos meses antes del momento de votación especificado en la carta. Durante la revisión, las opiniones de revisión deben acordarse en principio. Cuando la norma requiere la votación de todos los miembros del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" o del "subcomité" correspondiente, la norma debe ser aprobada por más de dos tercios de todos los miembros y más de la mitad de todos los miembros de la unidad antes de que pueda ser aprobada. presentado al Comité Nacional de Gestión de Normalización o a los departamentos gubernamentales pertinentes (aquellos que no asistan a la reunión y no expliquen sus opiniones durante la revisión conjunta, y aquellos que no voten dentro del tiempo prescrito durante la revisión de la carta se considerarán abstenidos de la votación).
Las normas o cláusulas sobre las cuales existen opiniones diferentes deben basarse en los materiales de demostración, y las opiniones deben presentarse después del análisis y estudio, y la decisión debe ser tomada por la autoridad superior.
El estado de votación de los estándares de revisión debe registrarse en materiales escritos como archivo adjunto a la declaración de opinión de la revisión del estándar.
Artículo 33. El proyecto de norma que pase la revisión será revisado por el grupo de trabajo de normas o la unidad de redacción principal con base en las opiniones de la revisión, y el proyecto de norma y sus anexos se presentarán a la secretaría del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" según sea necesario.
El grupo de trabajo de la norma o la unidad principal responsable de la redacción será responsable del contenido técnico y la calidad de la redacción del proyecto de norma presentado para su aprobación.
Artículo 34: Los proyectos estándar para revisión serán revisados por la Secretaría en formato estándar, y luego de ser firmados por el Vicesecretario General, serán enviados al Presidente y al Vicepresidente para su revisión y firma. . Una vez revisado y firmado el borrador del estándar, se puede enviar al Comité Nacional de Administración de Normalización o a los departamentos gubernamentales pertinentes para su aprobación y publicación.
Artículo 35: Por encargo del Comité de Normas de Capacidad de Calderas, el subcomité podrá emprender la revisión de los proyectos de normas presentados dentro de su ámbito profesional y organizar la revisión de acuerdo con los procedimientos previstos en el artículo 32. El proyecto de norma para aprobación formado después de la revisión y aprobación por el "Subcomité" se enviará a la Secretaría del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y se procesará de acuerdo con los procedimientos de aprobación especificados en el Artículo 34.
El "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" tiene derecho a proponer opiniones de reconsideración o modificación del proyecto de norma revisado y aprobado por el "Subcomité".
Artículo 36 El derecho de interpretar las normas sometidas a revisión por el Comité de Normas de Capacidad de Calderas corresponde al Comité de Normas de Capacidad de Calderas, o podrá encomendarse la interpretación al subcomité correspondiente.
Artículo 36 El "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y sus subcomités generalmente celebran una reunión de todos los miembros una vez al año (que puede combinarse con estándares de revisión y planes de discusión) para resumir el trabajo anual, discutir el plan de trabajo, e informe sobre la previsión de cuentas finales, etc.
y presentar rápidamente informes de trabajo escritos al Comité Nacional de Administración de Normalización y otros departamentos gubernamentales pertinentes.
En función de las necesidades de trabajo, el “Comité de Normalización de Capacidad de Calderas” podrá convocar periódicamente reuniones de trabajo conjuntas del presidente, vicepresidente, secretario general y vicesecretario general. Cuando sea necesario, se deberá invitar a asistir al responsable del "Subcomité", tomar decisiones sobre los temas importantes del "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y notificar a todos los miembros de la reunión.
Capítulo 5 Fondos
Artículo 37 Los fondos para las actividades del "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" se recaudan y gastan de acuerdo con el principio de fondos asignados.
Las fuentes de financiación del Artículo 38 "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" son las siguientes:
(1) Subsidios estándar proporcionados por el Comité Nacional de Administración de Normalización y otros departamentos gubernamentales pertinentes;
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(2) La secretaría se hace cargo de los fondos de trabajo proporcionados por la unidad;
(3) Las cuotas de membresía pagadas por los miembros, los miembros de la unidad y las unidades miembro correspondientes; (4) Alcance de esta profesión Ingresos por consultoría técnica y servicios técnicos;
(5) Fondos proporcionados por partes relevantes.
Los fondos del Artículo 39 "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" se utilizan para los siguientes aspectos:
(1) Fondos para conferencias y otras actividades;
( 2) Tarifas de materiales y tarifas de copia;
(3) Subsidios para formulación y revisión de estándares;
(4) Gastos de investigación estándar;
(5) Relacionados con la estandarización trabajo Costos laborales necesarios;
(6) Honorarios de revisión de preparación estándar;
(7) Gastos diarios de oficina de la Secretaría.
Artículo 40 La secretaría del "Comité de Normas de Capacidad de Calderas" designará una persona dedicada a administrar los fondos del "Comité de Normas de Capacidad de Calderas". El presupuesto y las cuentas finales de los fondos son revisados y aprobados por el "Comité de Normalización de Capacidad de Calderas" y ejecutados por la Secretaría. Los procedimientos de aprobación de los fondos del “Comité de Normalización de Capacidad de Calderas” se implementarán de conformidad con lo establecido en el reglamento de funcionamiento de la Secretaría. La secretaría informará los ingresos y gastos a todos los miembros cada año, e informará por escrito al Comité Nacional de Administración de Normalización y otros departamentos gubernamentales pertinentes.
Capítulo 6 Disposiciones Complementarias
Artículo 41 Este Estatuto entrará en vigor una vez votado y aprobado por la asamblea general de socios, y será informado al Comité Nacional de Administración de Normalización para registro.
Artículo 42 La interpretación del presente estatuto corresponde a la secretaría del “Comité de Normalización de Capacidad de Calderas”.