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Lista de elementos del examen físico para funcionarios públicos

La lista de elementos de examen físico para funcionarios es la siguiente:

Elemento 1 de la lista estándar de elementos de examen físico para funcionarios: cardiopatía reumática, miocardiopatía, enfermedad coronaria , cardiopatías congénitas y otras enfermedades cardíacas estructurales, el resultado es incondicional. Se considerarán calificados aquellos con cardiopatías congénitas que no requieran cirugía o que se curen mediante cirugía.

Si ocurre una de las siguientes condiciones, se excluyen los cambios patológicos y el paciente está calificado:

(1) Hay un soplo en la auscultación cardíaca.

(2) Contracciones prematuras frecuentes.

(3) La frecuencia cardíaca es inferior a 50 latidos por minuto o superior a 110 latidos por minuto.

(4) Otras situaciones en las que el electrocardiograma es anormal.

Artículo 2: La presión arterial se encuentra dentro del siguiente rango y calificado: presión arterial sistólica inferior a 140 mmHg; presión arterial diastólica inferior a 90 mmHg.

Artículo 3: Enfermedades hematológicas, inhabilitación. Para la anemia simple por deficiencia de hierro, si la hemoglobina es superior a 90 g/L en hombres y 80 g/L en mujeres, está calificada.

Artículo 4: La tuberculosis no está calificada. Sin embargo, se califican las siguientes condiciones:

(1) Tuberculosis primaria, tuberculosis secundaria, pleuresía tuberculosa, aquellas que se encuentran clínicamente estables y sin cambios durante 1 año;

(2) Tuberculosis pulmonar Tuberculosis externa: tuberculosis renal, tuberculosis ósea, tuberculosis peritoneal, tuberculosis ganglionar, etc., sin recurrencia 2 años después de la curación clínica y sin cambios tras el examen en un hospital especializado.

Artículo 5: Son incondicionales la bronquitis crónica acompañada de enfisema obstructivo, las bronquiectasias y el asma bronquial.

Artículo 6: No se califican la pancreatitis crónica, la colitis ulcerosa, la enfermedad de Crohn y otras enfermedades crónicas graves del aparato digestivo. Están calificados aquellos que no presentan complicaciones graves después de la gastrectomía subtotal.

Artículo 7: Son incalificadas toda clase de hepatitis agudas y crónicas y cirrosis hepática.

Artículo 8: Tumor maligno, sin calificar.

Artículo 9: Nefritis, pielonefritis crónica, poliquistosis renal, insuficiencia renal, sin calificar.

Artículo 10: No se califican enfermedades del sistema endocrino como diabetes, diabetes insípida, acromegalia, etc. Están calificados aquellos que no presentan síntomas ni signos 1 año después de la curación del hipertiroidismo.