La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos sobre estudiar en el extranjero - ¿La formación técnica organizada en la empresa puede limitar el período de servicio y la indemnización de los empleados mediante la firma de un convenio de formación?

¿La formación técnica organizada en la empresa puede limitar el período de servicio y la indemnización de los empleados mediante la firma de un convenio de formación?

Artículo 22 Si un empleador proporciona honorarios especiales de formación a los trabajadores y les proporciona formación técnica profesional, podrá celebrar un acuerdo con los trabajadores para acordar un período de servicio.

Los honorarios de formación estipulados en el apartado 2 del artículo 16, párrafo 22 de la Ley de Contrato de Trabajo en el "Reglamento de Aplicación" incluyen los honorarios de formación certificados pagados por el empleador para la formación profesional y técnica de los trabajadores, y los gastos de viaje. durante la formación y otros gastos directos en que incurran los trabajadores con motivo de la formación.

En cuanto al método de formación que mencionas, creo que solo puede considerarse formación empresarial, no formación técnica profesional. Además, las empresas generalmente incentivan a los empleados de mayor edad que contratan aprendices mediante asignaciones o subsidios. Sin embargo, las asignaciones y subsidios siguen la secuencia salarial de la empresa, por lo que no pueden reconocerse como gastos especiales de formación.

Por lo tanto, creo que esta situación no pertenece a una formación especial en sentido estricto. No se debe limitar el período de servicio ni se debe acordar una indemnización.