¿Cuánto tiempo será la sentencia por difundir una secta?
Quien organice o utilice una organización sectaria para socavar la aplicación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales será, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 300 de la Ley Penal, condenado a pena privativa de libertad de duración determinada de no menos de tres años pero no más de siete años, y también será multado:
(1) Establecer una organización de culto, o restaurar o establecer otras organizaciones de culto después de que una organización de culto haya sido prohibida; p>
(2) Reunir una multitud para rodear, atacar o robar agencias estatales, empresas, instituciones o instituciones públicas, lugares, lugares de actividades religiosas, perturbando el orden social;
(3) ilegal reuniones, procesiones, manifestaciones, alteración del orden social;
(4) usar violencia, coerción u otros medios, obligar a otros a unirse o impedir que otros abandonen organizaciones de culto;
(5) organizar , incitar, engañar a miembros u otros que no cumplan con obligaciones legales;
(6) Usar "pseudo estaciones base", "radio negra" y otras estaciones de radio o frecuencias de radio que promuevan cultos;
(7) Participar en actividades de culto dentro de los dos años de haber sido considerado penalmente responsable o recibir sanciones administrativas por participar en actividades de culto;
(8) Desarrollar una organización de culto con más de 50 miembros;
(9) Recaudar fondos o causar pérdidas económicas de más de un millón de yuanes;
(10) Usar dinero como medio para promover cultos, la cantidad es más de 500 (piezas);
(11) La producción y difusión de materiales de propaganda de culto cumplen uno de los siguientes estándares cuantitativos:
1.000 folletos, impresión por inyección de tinta, fotografías, lemas y periódicos;
2. Más de 250 tipos de libros y publicaciones periódicas;
3. Más de 250 tipos de productos de audio y vídeo, como cintas de audio y cintas de vídeo;
4. Más de 250 logotipos y marcas;
5. Existen más de 100 tipos de medios de almacenamiento extraíbles, como discos ópticos, discos USB, tarjetas de memoria y discos duros móviles;
6. Hay más de cincuenta pancartas o pancartas.
(12) Utilizar redes de comunicación e información para promover sectas, y concurra una de las siguientes circunstancias:
1. Producir y difundir más de 200 fotografías y artículos electrónicos que promuevan cultos, más de 50 libros, publicaciones periódicas y productos audiovisuales electrónicos, o más de 5 millones de palabras de documentos electrónicos y más de 250 minutos de productos audiovisuales electrónicos;
2. Recopilar y distribuir información y realizar más de 1000 llamadas telefónicas;
3. Usar salas de chat con más de 1000 personas en línea, o usar grupos de comunicación, WeChat, Weibo y otras redes sociales con más de 1000 miembros de grupos y seguidores para promover sectas;
4. De hecho, se ha hecho clic en el mensaje de culto y se ha visto más de 5.000 veces.
(13) Otras circunstancias graves.
Artículo 3: Será considerado "especialmente grave" quien organice o utilice una organización sectaria para menoscabar la aplicación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias, según lo estipulado en el apartado 1 del artículo 300. del Código Penal y será sancionado con pena privativa de libertad no menor de siete años o cadena perpetua, y multa o decomiso de bienes:
(1) En aplicación de lo dispuesto en los apartados 1 a 7 del Código Penal. artículo 2 de esta Interpretación, que causen un daño social particularmente grave;
(2) El número o cantidad de actos especificados en los puntos 8 a 12 del artículo 2 de esta Interpretación alcance más de cinco veces los estándares correspondientes especificados en Artículo 2;
(3) Otros asuntos especialmente graves.
Artículo 4: Cualquier persona que organice o utilice una organización de culto para socavar la aplicación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales y se encuentre en cualquiera de las siguientes circunstancias será clasificado como "menor" según lo estipulado en el párrafo 1 del Artículo 300 de la Ley Penal y será sancionado con pena de prisión de duración determinada, detención penal, vigilancia o privación de derechos políticos, y concurrente o únicamente con multa:
(1 ) Implementar las disposiciones de los Puntos 1 a 7 del Artículo 2 de esta Interpretación y causar relativamente poco daño a la sociedad;
(2) El número o cantidad de actos especificados en los Puntos 8 a 12 del Artículo 2 de esta La interpretación alcanza más de una quinta parte de los estándares correspondientes;
(3) Otras circunstancias son menores.
Artículo 5.
Si el número de materiales de propaganda de culto alcanza los estándares pertinentes estipulados en los artículos 2 a 4 de esta Interpretación, se aplicarán las siguientes circunstancias:
(1) Propaganda de culto Si el producto fue producido por el autor, se será tratado como un crimen consumado;
(2) Los materiales de propaganda de culto que no fueron producidos por el perpetrador y no han sido difundidos serán tratados como un crimen preparatorio;
(3) El proceso de difusión Los materiales de propaganda de culto que no sean producidos por el autor se considerarán tentativa de delito;
(4) Los materiales de propaganda de culto que no sean producidos por el autor, pero algunos de ellos hayan sido difundidos. será considerado como delito consumado. Para los casos que no se hayan difundido, podrán ser considerados discrecionalmente al momento de dictar sentencia.
Artículo 6 Para quienes produzcan y difundan repetidamente materiales de propaganda de culto o promuevan cultos a través de redes de comunicación e información, la cantidad o monto se calculará de forma acumulativa.
La producción y difusión de materiales de propaganda para sectas, o el uso de redes de comunicación e información para promover sectas, que involucren diferentes tipos o formas, se pueden calcular acumulativamente después de la conversión de acuerdo con las proporciones correspondientes de diferentes estándares cuantitativos estipulados en esta interpretación. .
Artículo 7 Quien organice o utilice una organización sectaria para crear y difundir herejías supersticiosas, induzca a miembros u otras personas a realizar una huelga de hambre o a cometer abusos contra sí mismos, o induzca a los pacientes a no recibir el tratamiento normal, causando así lesiones graves o la muerte, se considerarán terceros en el derecho penal. Las organizaciones especificadas en el párrafo 2 del artículo 100 utilizan organizaciones de culto para "engañar a otros y causar lesiones graves o la muerte".
Quien organice o utilice una organización sectaria para engañar a otros, causando la muerte de una o más personas o lesiones graves a tres o más personas, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años, pero no más de siete años, y también será multado.
Quien organice o utilice una organización sectaria para engañar a otros, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de siete años o cadena perpetua, además de multa o confiscación de bienes:
(1) Provocar la muerte de tres o más personas;
(2) Provocar lesiones graves a más de nueve personas.
(3) Otras circunstancias de especial gravedad;
Quien organice o utilice una organización sectaria para engañar a otros y causar graves daños, será sancionado con pena privativa de libertad no mayor a tres años, prisión criminal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, y será también o únicamente multado.
Artículo 8 Será severamente castigado quien cometa cualquiera de los siguientes actos previstos en los artículos 2 a 5 de esta Interpretación:
(1) Colusión con instituciones, organizaciones y personas extranjeras, Participar en actividades de culto;
(2) Establecer organizaciones de culto, desarrollar miembros u organizar actividades de culto en provincias, regiones autónomas y municipios directamente bajo el gobierno central;
(3) En lugares públicos importantes y lugares de supervisión O reunir gente para causar problemas y llevar a cabo abiertamente actividades de culto durante los principales festivales nacionales y eventos importantes;
(4) Después de que una organización de culto haya sido prohibida o reconocida como una organización de culto , la gente todavía se reúne para causar problemas y llevar a cabo abiertamente actividades de culto;
(5) Personal estatal que participa en actividades de culto;
(6) Difundir cultos a menores;
(7) En escuelas u otros centros educativos Promoción de cultos en instituciones de formación.
Artículo 9: La organización y el uso de organizaciones de culto para socavar la implementación de leyes y reglamentos administrativos nacionales cumple con las circunstancias especificadas en el artículo 4 de esta Interpretación. Sin embargo, si el perpetrador puede arrepentirse sinceramente y declara claramente que se retirará de la organización sectaria y ya no participará en actividades sectarias, no podrá ser procesado ni exento de castigo penal. Entre ellas, si el perpetrador es atraído o obligado a unirse a una organización sectaria, esto no puede ser tratado como un delito.
Si una organización sectaria se organiza o se utiliza para socavar la implementación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales, y el perpetrador puede arrepentirse sinceramente antes de la sentencia de primera instancia y declara claramente que se retirará de la organización sectaria y deje de participar en actividades de culto, será tratado de acuerdo con las siguientes disposiciones:
(1) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de esta Interpretación, se puede determinar que se trata de una "circunstancia menor" estipulado en el párrafo 1 del artículo 300 de la Ley Penal;
(2) De conformidad con esta Interpretación, las circunstancias especificadas en el artículo 3 no pueden considerarse "particularmente graves" según lo estipulado en el primer párrafo de El artículo 300 de la Ley Penal, y la persona será condenada a pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, pudiendo además ser multada.
¿Cuáles son los componentes estándar del delito de organización, uso de sectas religiosas, organizaciones de culto y uso de supersticiones para socavar la aplicación de la ley?
1. El objeto de la infracción es la orden normal de gestión social. El pueblo y los ciudadanos chinos tienen libertad de creencia religiosa; el Estado protege las actividades religiosas normales y nadie puede utilizar la religión para participar en actividades que alteren el orden social, dañen la salud de los ciudadanos o interfieran con el sistema educativo nacional;
2. Factores objetivos. Objetivamente, se manifiesta como el acto de organizar, utilizar sectas religiosas, organizaciones de culto o utilizar actividades supersticiosas para socavar la implementación de leyes y regulaciones administrativas nacionales;
3. El tema es el tema general.
Puede constituir delito toda persona natural que haya alcanzado la edad de responsabilidad penal y tenga capacidad de ser penalmente responsable.
4. Subjetivamente hablando, es intencional, es decir, el perpetrador organiza y utiliza deliberadamente iglesias, organizaciones de culto o supersticiones para llevar a cabo actividades que socavan la implementación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales. La organización y el uso de organizaciones de culto o actividades supersticiosas obstaculiza objetivamente la implementación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales, pero los perpetradores no tienen subjetivamente el propósito de socavar la implementación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales. Esto no constituye organización o uso de organizaciones de culto o supersticiosas. actividades que causen lesiones graves o causen lesiones graves a otros. Pena de muerte.
En resumen, estas son las respuestas del editor a la pregunta de ser sentenciado a varios años de prisión por difundir sectas. Espero que te sea de ayuda.
Base jurídica:
Artículo 300 de la "Ley Penal de la República Popular China"
Quien organice y utilice cultos o utilice supersticiones para socavar la implementación de las leyes y reglamentos administrativos nacionales La persona será condenada a una pena de prisión de duración determinada no inferior a tres años pero no superior a siete años, y también será multada;
Si las circunstancias son especialmente graves, será condenado a pena privativa de libertad no menor de siete años o cadena perpetua, y también será multado o se le confiscarán sus bienes;
Si las circunstancias son relativamente menores, el infractor será condenado a penas de prisión determinada no mayor de tres años, detención penal, vigilancia pública o privación de derechos políticos, pudiendo ser también o únicamente multada.
Quien organice o utilice una organización sectaria o utilice la superstición para engañar a otros, causando lesiones graves o la muerte, será sancionado conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior.
Quien cometa el delito previsto en el párrafo 1 y cometa otros actos delictivos como violación de mujeres, defraudación de bienes, etc., será castigado de conformidad con las disposiciones de pena concurrente para delitos múltiples.