¿En qué circunstancias no puedo participar en la formación para el desempleo?
Base jurídica: Artículo 51 de la “Ley del Seguro Social”. Si una persona desempleada cumple cualquiera de las siguientes circunstancias mientras recibe los beneficios del seguro de desempleo, dejará de recibir los beneficios del seguro de desempleo. Y al mismo tiempo dejar de disfrutar de otros beneficios del seguro de desempleo: (1) Los que están reempleados (2) Los que están obligados a prestar servicio militar (3) Los que han emigrado al extranjero (4) Los que disfrutan; prestaciones del seguro básico de pensiones; (5) Sin motivos justificables. Negarse a aceptar trabajos o capacitación apropiados proporcionados por departamentos o instituciones designados por el gobierno popular local. Si se trata de formación profesional gratuita para otras competencias, es voluntaria. No voy a ir.