¿Qué es una investigación antidumping?
Pregunta 1: ¿Qué es una investigación antidumping?
Pregunta 2: ¿Qué significa investigación antidumping?
El Acuerdo Antidumping estipula que un miembro debe realizar una investigación antidumping antes de tomar medidas antidumping. El propósito es verificar si existe dumping, daño industrial y la relación causal directa entre ambos. . Las investigaciones antidumping las llevan a cabo las autoridades gubernamentales de la parte importadora, pero el inicio de una investigación antidumping debe comenzar con la presentación de las solicitudes escritas pertinentes por parte de la industria supuestamente perjudicada de la parte importadora o sus representantes.
La solicitud escrita debe incluir la siguiente evidencia:
El estado del dumping, el daño a la industria y la relación directa específica del país entre el dumping y el daño. La información requerida para explicar la prueba incluye lo siguiente:
(l) La identidad del solicitante y el valor y cantidad de producción de los mismos productos nacionales representados por el solicitante;
( 2) Los pertinentes Un conjunto completo de descripciones de los productos que se consideran objeto de dumping, incluido el nombre del país al que pertenece el producto, el nombre del país exportador o del país de origen y una lista de importadores conocidos del producto;
(3) Los bienes acusados: datos de precios cuando se vendieron en el mercado interno del país de origen o del país exportador, datos de precios de exportación o datos de precios cuando el producto fue revendido por primera vez a un comprador por la parte importadora. ;
(4) Demandado Los datos sobre los cambios en la cantidad de importación de productos, el impacto en el precio del mismo producto en el mercado interno y el alcance y los datos de los impactos posteriores en las industrias nacionales relacionadas indican la Factores e índices económicos que inciden en la situación industrial.
Después de recibir la solicitud escrita, la autoridad importadora confiará en la exactitud y suficiencia de las pruebas aportadas. Decidir si iniciar una investigación. Si las pruebas carecen de exactitud y suficiencia, no se debe iniciar una investigación; de lo contrario, se puede iniciar una investigación sobre dumping. Sin embargo, antes de iniciar una investigación, las autoridades deben notificar al gobierno exportador correspondiente; esto no impedirá que las mercancías que hayan llegado completen los procedimientos de despacho de aduana.
En circunstancias especiales. Si la autoridad importadora decide iniciar una investigación sin recibir una solicitud escrita de la rama de producción nacional o en nombre de ella para iniciar una investigación, sólo podrá iniciarla cuando tenga pruebas suficientes de dumping, daño y causalidad mutua.
Condiciones de terminación de las investigaciones antidumping: (1) Una vez iniciada la investigación, las autoridades pertinentes determinan que no hay pruebas suficientes de dumping o daño y deben terminar la investigación lo antes posible; las autoridades pertinentes determinan que el margen de dumping es inferior al 2% del valor normal % o el volumen de importación de productos objeto de dumping o el daño puede ignorarse (por ejemplo, el volumen de importación de productos objeto de dumping representa menos del 3% de los mismos productos en el mercado interno de la parte importadora). La investigación debe finalizar:
Duración de la investigación antidumping: En circunstancias normales, una investigación antidumping debe concluir dentro de un año después de su inicio, y la más larga no puede exceder los 18 meses.
Las partes interesadas involucradas en los procedimientos de investigación antidumping se refieren a: los operadores exportadores, operadores importadores o productores extranjeros de los productos investigados, o la mayoría de los miembros son productores, operadores exportadores o importadores de los productos. Asociaciones comerciales o cámaras de comercio de operadores, el gobierno del miembro exportador y productores de productos similares en la parte importadora, o asociaciones comerciales o cámaras de comercio en las que la mayoría de los miembros producen productos similares en el territorio de la parte importadora. . Además de las partes antes mencionadas, no se excluye que cada miembro permita que otros miembros nacionales o extranjeros figuren como partes interesadas.