La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos históricos - Capítulo 4 Supervisión y Gestión del Reglamento de Gestión Editorial de Libros

Capítulo 4 Supervisión y Gestión del Reglamento de Gestión Editorial de Libros

Artículo 35 La supervisión y gestión de la edición de libros seguirá el principio de territorialidad.

Los departamentos administrativos de prensa y publicaciones de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central supervisarán y gestionarán la edición de libros dentro de sus respectivas regiones administrativas de conformidad con la ley, y serán responsables de la revisión y registro, verificación anual, revisión y evaluación de la calidad de la publicación de las unidades editoriales de libros dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Artículo 36: Sistema de gestión de publicaciones de libros, sistema de gestión de aseguramiento de la calidad, sistema de gestión de clasificación de unidades editoriales, sistema de verificación anual de unidades editoriales y sistema de gestión de calificaciones profesionales de los profesionales editoriales.

Artículo 37 La Administración General de Prensa y Publicaciones es responsable de la labor nacional de censura del libro. Los departamentos administrativos de prensa y publicaciones de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables de revisar los libros publicados dentro de sus respectivas regiones administrativas y presentar periódicamente informes de revisión a la Administración General de Prensa y Publicaciones.

Artículo 38 El departamento administrativo de prensa y publicaciones podrá inspeccionar, premiar y sancionar la calidad de los libros de conformidad con las disposiciones de la Administración General de Prensa y Publicaciones sobre gestión de la calidad de los libros.

Artículo 39: La Administración General de Prensa y Publicaciones formulará los métodos de evaluación de las calificaciones de las unidades editoriales de libros, evaluará las unidades editoriales de libros e implementará una gestión jerárquica.

Artículo 40 Las unidades editoriales de libros implementarán un sistema de verificación anual, el cual se realizará cada dos años.

La verificación anual debe llevarse a cabo de acuerdo con los siguientes procedimientos:

(1) Las unidades editoriales de libros deben presentar informes anuales de autoexamen y completar el formulario anual de verificación de publicación de libros impreso uniformemente. por la Administración General de Prensa y Publicaciones, Luego de ser revisado y sellado por la unidad patrocinadora y la autoridad competente de la unidad editorial de libros, se informará directamente al departamento administrativo de prensa y publicaciones de la provincia local, región autónoma o municipio. bajo el Gobierno Central dentro del tiempo especificado;

(2) El departamento administrativo de prensa y publicaciones de la provincia, región autónoma o municipio directamente bajo el Gobierno Central deberá Dentro de los 30 días siguientes a la recepción del informe de autoexamen de la unidad editorial de libros, el formulario de inspección anual de la publicación de libros y otros materiales de verificación anual, revisar y emitir opiniones de revisión y presentarlas a la Administración General de Prensa y Publicaciones;

(3) Administración General de Prensa y Publicación Dentro de los 60 días posteriores a la recepción de los materiales de verificación anual y opiniones de revisión presentados por los departamentos administrativos de prensa y publicaciones de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central, se emitirá una respuesta indicando si se ha pasado la verificación anual. ;

(4) La unidad editorial de libros deberá poseer el certificado de la Administración General de Prensa y Publicaciones. El documento de aprobación, una copia de la "Licencia de publicación de libros" y otros materiales relevantes deben registrarse en la prensa. y publicación departamento administrativo de la provincia, región autónoma o municipio directamente dependiente del Gobierno Central.

Artículo 41 Si una unidad editorial de libros concurre alguna de las siguientes circunstancias, se suspenderá la verificación anual:

(1) Ha sido suspendida para su rectificación en un plazo;

( 2) Si la auditoría encuentra que existen violaciones de leyes y regulaciones que deben ser sancionadas;

(3) La unidad competente y la unidad patrocinadora no cumplen concienzudamente sus responsabilidades de gestión. , provocando caos en la gestión editorial de libros;

(4) ) El contenido del informe anual de verificación y autoexamen es gravemente inexacto;

(5) Hay otras actividades ilegales sospechosas que requieren mayor verificación.

El plazo para suspender la revisión anual es de 6 meses. Durante la suspensión de la verificación anual, las unidades editoriales de libros dejarán de publicar todos los libros, excepto los libros de texto y los libros impresos. Una vez vencido el período de prueba, se volverán a implementar los procedimientos de verificación anual de conformidad con este reglamento.

Artículo 42 Si una unidad editorial de libros tiene alguna de las siguientes circunstancias, no pasará la verificación anual:

(1) La dirección editorial viola gravemente las normas de gestión y no cumple con corregirlo a tiempo

(2) Negarse a corregir actos ilegales después de la investigación o sanción, o aún no hay efecto obvio después de que expire el período de rectificación

(3) Publicación de libros; la calidad no cumple con los estándares prescritos durante mucho tiempo;

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(4) Las condiciones comerciales se han deteriorado y se han vuelto insolventes;

(5) Ya no cumplen con los estándares condiciones especificadas en el artículo 9 de este reglamento;

(6) Suspensión Después de la expiración del período de registro, el solicitante aún no cumple con las condiciones básicas para la verificación anual;

(7) No participar en la verificación anual según lo requerido y no participar a pesar de la supervisión;

(8) Otras circunstancias graves, comportamiento ilegal.

Para las unidades editoriales de libros que no pasen la inspección anual, la Administración General de Prensa y Publicaciones revocará sus licencias de publicación de libros, y los departamentos administrativos de prensa y publicaciones de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes de la Central. El gobierno cancelará su registro.

Artículo 43 Los resultados de la verificación anual podrán ser anunciados al público por la Administración General de Prensa y Publicaciones y los departamentos administrativos de prensa y publicaciones de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.

Artículo 44 Los profesionales de la edición de libros deben poseer las cualificaciones profesionales editoriales prescritas por el Estado.

Artículo 45 El presidente y el editor jefe de una unidad editorial de libros deberán reunir las calificaciones y condiciones prescritas por el Estado.

El presidente y el editor en jefe de una unidad editorial de libros participarán en la capacitación en el trabajo organizada por el departamento administrativo de prensa y publicaciones y obtendrán un certificado de capacitación en el trabajo antes de tomar hasta el poste.