La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos históricos - ¿Cuántos meses de baja por maternidad?

¿Cuántos meses de baja por maternidad?

Tres meses de baja por maternidad. Las empleadas disfrutan de 98 días de licencia de maternidad, de los cuales 15 días pueden disfrutarse antes del parto; en caso de parto difícil, se conceden 15 días adicionales de licencia de maternidad en caso de nacimientos múltiples; la licencia de maternidad puede aumentarse en 15 días; días por cada bebé adicional.

Las empleadas que tienen un aborto espontáneo antes de los cuatro meses de embarazo tienen derecho a 15 días de licencia de maternidad; aquellas que tienen un aborto espontáneo después de cuatro meses de embarazo tienen derecho a 42 días de licencia de maternidad.

Si una empleada no puede adaptarse al trabajo original durante el embarazo, el empleador reducirá su carga de trabajo u organizará otro trabajo adaptado según el certificado de la institución médica. Para las empleadas que estén embarazadas de más de siete meses, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y dispondrá un determinado período de descanso durante la jornada laboral. Si una empleada embarazada se somete a control prenatal durante el horario laboral, el tiempo requerido se incluirá en el horario laboral.

Reglamento

Disposiciones especiales sobre protección laboral de las empleadas

Artículo 6 Si una empleada no puede adaptarse al trabajo original durante el embarazo, el empleador se basará en el certificado de la institución médica para reducir la cantidad de mano de obra u organizar otra mano de obra adecuada.

Para las empleadas que tengan más de 7 meses de embarazo, el empleador no ampliará la jornada laboral ni organizará turnos nocturnos, y dispondrá un determinado período de descanso durante la jornada laboral.

Las empleadas embarazadas se someten a controles prenatales durante el horario laboral, y el tiempo requerido está incluido en el horario laboral. Artículo 7 Las empleadas disfrutan de 98 días de licencia de maternidad, de los cuales 15 días pueden disfrutarse antes del parto; en caso de parto difícil, se conceden 15 días de licencia de maternidad adicionales en caso de nacimientos múltiples; la licencia de maternidad puede aumentarse; por 15 días por cada bebé adicional.

Las empleadas que sufren un aborto espontáneo antes de los cuatro meses de embarazo tienen derecho a 15 días de licencia de maternidad; aquellas que tienen un aborto espontáneo después de los cuatro meses de embarazo tienen derecho a 42 días de licencia de maternidad. Artículo 8 El subsidio de maternidad para las empleadas durante su licencia de maternidad será pagado por el fondo del seguro de maternidad de acuerdo con el salario mensual promedio de los empleados del año anterior, si no han participado en el seguro de maternidad, el empleador pagará el subsidio de maternidad de acuerdo con ello; al salario de la empleada antes del permiso de maternidad.

Los gastos médicos por parto o aborto espontáneo de las empleadas serán pagados por el fondo del seguro de maternidad de acuerdo con los elementos y normas estipulados en el seguro de maternidad. Si no participa en el seguro de maternidad, el empleador lo pagará. Artículo 9 Los empleadores no ampliarán la jornada laboral ni organizarán turnos nocturnos para las empleadas que estén amamantando a bebés menores de un año.

El empleador deberá disponer una hora de lactancia para las empleadas lactantes durante las horas de trabajo diarias. Si una empleada da a luz a varios bebés, el tiempo de lactancia se incrementará en una hora por día por cada bebé adicional; .