La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos para el examen de postgrado - El intermediario firma una carta de compromiso con los trabajadores extranjeros, diciendo que si no pueden viajar al extranjero dentro del período especificado, serán compensados. Ahora que el período especificado ha excedido, ¿la carta de compromiso tiene efecto legal?

El intermediario firma una carta de compromiso con los trabajadores extranjeros, diciendo que si no pueden viajar al extranjero dentro del período especificado, serán compensados. Ahora que el período especificado ha excedido, ¿la carta de compromiso tiene efecto legal?

Tiene efectos jurídicos. El contrato laboral firmado antes de viajar al extranjero tiene como objetivo evitar que el personal extranjero incumpla el contrato en el extranjero. Si no existe un factor de fuerza mayor y el servicio laboral no se puede completar dentro del tiempo especificado por razones personales, se puede considerar como un incumplimiento. Contrato. Un incumplimiento de contrato. Entonces hay que soportar la cláusula de indemnización del contrato. Sin embargo, si el monto específico de la compensación no excede el alcance de la protección legal, deberá determinarse de acuerdo con la carta de compromiso. Esta cantidad debe ajustarse si excede el alcance de la protección legal.

Consulte las disposiciones pertinentes de los artículos 7 a 28 de la "Ley de Contrato de Trabajo":

Artículo 7 El empleador establece una relación laboral con el empleado a partir de la fecha de empleo. El empleador establecerá una lista de empleados para referencia.

Artículo 8 Al contratar trabajadores, el empleador deberá informar verazmente a los trabajadores sobre el contenido del trabajo, las condiciones de trabajo, el lugar de trabajo, los riesgos laborales, las condiciones de seguridad de la producción, la remuneración laboral y demás información que los trabajadores requieran conocer. ; El empleador tiene derecho a conocer la información básica directamente relacionada con el empleado y el contrato de trabajo, y el empleado debe explicarla con sinceridad.

Artículo 9 Cuando un empleador contrate trabajadores, no retendrá las tarjetas de identidad de residente y otros documentos de los trabajadores, no exigirá a los trabajadores que proporcionen garantías ni cobrará propiedades de los trabajadores a otros nombres.

Artículo 10 Para establecer una relación laboral se deberá celebrar un contrato de trabajo por escrito.

Si se ha establecido una relación laboral pero al mismo tiempo no se ha celebrado un contrato laboral escrito, el contrato laboral escrito deberá celebrarse dentro de un mes a partir de la fecha de empleo.

Si el empleador y el empleado celebran un contrato de trabajo antes del empleo, la relación laboral se establecerá a partir de la fecha del empleo.

Artículo 11 Si el empleador no celebra un contrato laboral escrito en el momento del empleo y la remuneración laboral acordada con el empleado no está clara, la remuneración laboral del empleado recién contratado se basará en las normas estipulado en el contrato colectivo; si no existe contrato colectivo o el contrato colectivo no lo prevé, se aplicará igual salario por igual trabajo.

Artículo 12 Los contratos de trabajo se dividen en contratos de trabajo de duración determinada, contratos de trabajo de duración no determinada y contratos de trabajo que se limitan a la realización de determinadas tareas laborales.

Artículo 13 Un contrato de trabajo de duración determinada se refiere a un contrato de trabajo en el que el empleador y el trabajador acuerdan el tiempo para la terminación del contrato.

El empleador y el empleado pueden celebrar un contrato laboral de duración determinada si llegan a un consenso mediante consulta.

Artículo 14 Un contrato de trabajo de duración indeterminada se refiere a un contrato de trabajo en el que el empleador y el trabajador acuerdan que no existe un tiempo de finalización definido.

El empleador y el empleado pueden celebrar un contrato laboral de duración abierta si llegan a un consenso mediante consulta. Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, si un empleado propone o acepta renovar o celebrar un contrato laboral, se celebrará un contrato laboral de duración determinada, a menos que el empleado se proponga celebrar un contrato laboral de duración determinada:

(1) Empleado El empleado ha trabajado continuamente en el empleador durante diez años. Faltan menos de diez años para la edad legal de jubilación;

(3) Se celebran dos contratos laborales de duración determinada consecutivos y el El empleado no tiene las calificaciones previstas en el artículo 39 y el artículo 40, párrafos 1 y 2 de esta Ley. En las circunstancias especificadas en el artículo, se renueva el contrato de trabajo.

Si el empleador no concluye un contrato laboral escrito con el empleado durante un año a partir de la fecha de empleo, se considerará que el empleador y el empleado han celebrado un contrato laboral de duración ilimitada.

Artículo 15 Un contrato de trabajo con una duración que se basa en la realización de determinadas tareas laborales se refiere a un contrato de trabajo en el que el empleador y el trabajador acuerdan que la realización de un determinado trabajo es el plazo de la misma. contrato.

El empleador y el empleado pueden llegar a un acuerdo mediante negociación y celebrar un contrato laboral con un plazo limitado a la realización de determinadas tareas laborales.

Artículo 16 El contrato de trabajo será pactado entre el empleador y el empleado mediante negociación, y surtirá efectos con la firma o sello del empleador y el empleado en el texto del contrato de trabajo.

El empleador y el empleado poseen cada uno una copia del texto del contrato laboral.

Artículo 17 El contrato de trabajo tendrá las siguientes cláusulas:

(1) El nombre, domicilio y representante legal o responsable principal del empleador;

(2) El nombre, la dirección y la tarjeta de identificación de residente u otro número de identificación válido del empleado;

(3) Plazo del contrato laboral;

(4) Contenido del trabajo y lugar de trabajo <; /p>

(5) Jornada de trabajo, descanso y vacaciones

(6) Remuneración laboral

(7) Seguro social

( 8) Protección laboral, condiciones de trabajo y protección contra riesgos laborales;

(9) Otras materias que deban incluirse en el contrato de trabajo según lo establezcan las leyes y reglamentos.

Además de las cláusulas necesarias previstas en el párrafo anterior en el contrato de trabajo, el empleador y el trabajador podrán acordar otras materias como período de prueba, capacitación, confidencialidad, seguros complementarios y prestaciones sociales.

Artículo 18 Si el contrato de trabajo estipula normas poco claras como remuneración y condiciones laborales, y surge un conflicto, el empleador y el trabajador podrán renegociar; si la negociación fracasa, se aplicarán las disposiciones del contrato colectivo; si no existe un contrato colectivo o si el contrato colectivo no estipula la remuneración laboral, se implementará igual salario por igual trabajo; si no existe un contrato colectivo o el contrato colectivo no estipula las condiciones laborales y otras normas, se aplicarán las regulaciones nacionales pertinentes; .

Artículo 19 Si la duración del contrato de trabajo es superior a tres meses pero inferior a un año, el período de prueba no excederá de un mes; si la duración del contrato de trabajo es superior a un año pero inferior a tres años, el período de prueba no excederá de dos meses; para los contratos laborales de duración determinada y no determinada de más de un año, el período de prueba no excederá de seis meses.

Un mismo empresario y un mismo empleado sólo pueden acordar una vez un período de prueba.

No se pactará un período de prueba en un contrato de trabajo que se limite a la realización de determinadas tareas laborales o si la duración del contrato de trabajo es inferior a tres meses.

El período de prueba está incluido en la duración del contrato laboral. Si el contrato de trabajo sólo estipula un período de prueba, no se establecerá el período de prueba y este período será la duración del contrato de trabajo.

Artículo 20 El salario de un trabajador durante el período de prueba no será inferior al salario más bajo para el mismo puesto en la unidad o al 80% del salario pactado en el contrato de trabajo, y no podrá ser inferior que el salario mínimo en el lugar de residencia del empleador.

Artículo 21 Durante el período de prueba, el empleador no podrá rescindir el contrato de trabajo a menos que el trabajador se encuentre en las circunstancias señaladas en los artículos 39 y 40, párrafos 1 y 2 de esta Ley. Si el empleador rescinde el contrato de trabajo durante el período de prueba, deberá explicar los motivos al empleado.

Artículo 22 Si un empleador proporciona honorarios especiales de capacitación a los trabajadores y les brinda capacitación técnica profesional, podrá celebrar un acuerdo con el trabajador para acordar un período de servicio.

Si un empleado viola el acuerdo de período de servicio, deberá pagar daños y perjuicios al empleador según lo acordado. El monto de la indemnización por daños y perjuicios no excederá los costos de capacitación proporcionados por el empleador. La indemnización por daños y perjuicios que el empleador debe pagar al empleado no excederá los gastos de capacitación a compartir por la parte no cumplida del período de servicio.

Si el empleador y el empleado acuerdan un período de servicio, no afectará el aumento de la remuneración laboral del empleado durante el período de servicio de acuerdo con el mecanismo normal de ajuste salarial.

Artículo 23 El empleador y el trabajador podrán acordar en el contrato de trabajo guardar secretos comerciales del empleador y confidencialidad en cuestiones relacionadas con derechos de propiedad intelectual.

Para los empleados que tienen una obligación de confidencialidad, el empleador puede acordar cláusulas de no competencia con el empleado en el contrato laboral o acuerdo de confidencialidad, y acordar que después de que se rescinda o rescinda el contrato laboral, el no- El período de competencia será una compensación financiera que se otorgará a los trabajadores mensualmente dentro del período. Si un empleado viola el acuerdo de no competencia, deberá pagar una indemnización por daños y perjuicios al empleador de conformidad con el acuerdo.

Artículo 24 El personal sujeto a restricciones de no competencia se limita a los altos directivos, personal técnico superior del empresario y demás personal con obligaciones de confidencialidad. El alcance, el territorio y la duración de la no competencia serán acordados por el empleador y el empleado. El acuerdo de no competencia no violará las disposiciones de las leyes y reglamentos.

Después de la rescisión o terminación del contrato de trabajo, el personal especificado en el párrafo anterior pasa a otras unidades empleadoras que compiten con la unidad que produce u opera productos similares o se dedican a negocios similares, o inician su propio negocio. para producir u operar productos similares, el período de no competencia para negocios similares no excederá de dos años.

Artículo 25 Salvo las circunstancias especificadas en los artículos 22 y 23 de esta Ley, el empleador no acordará con el empleado que éste deberá soportar la indemnización por daños y perjuicios.

Artículo 26 Son inválidos o parcialmente inválidos los siguientes contratos de trabajo:

(1) Utilizar fraude, coacción o aprovecharse del peligro ajeno para hacer que la otra parte celebre un contrato. contra la verdadera intención o Modificar el contrato de trabajo;

(2) El empleador se exime de responsabilidades legales y excluye los derechos de los trabajadores;

(3) Viola las disposiciones obligatorias de las leyes y reglamentos administrativos.

Si hay una disputa sobre la invalidez o invalidez parcial de un contrato laboral, será confirmada por la institución de arbitraje de disputas laborales o el tribunal popular.

Artículo 27 Si una parte del contrato de trabajo es inválida, no afecta la validez de las demás partes, y las demás partes siguen siendo válidas.

Artículo 28 Si se confirma la invalidez del contrato de trabajo y el empleado ya ha trabajado, el empleador deberá pagar la remuneración laboral al empleado. El monto de la remuneración laboral se determinará con referencia a la remuneración laboral de los trabajadores en puestos iguales o similares dentro de la unidad.