¿Cuánto duran las horas de educación continua para los técnicos?
Base legal: El artículo 8 del “Reglamento de Educación Continua del Personal Profesional y Técnico” establece que el tiempo para que el personal profesional y técnico participe en la educación continua no será inferior a 90 horas anuales, de cuyas materias profesionales no serán, con carácter general, inferiores a un tercio del total de dos horas. El personal profesional y técnico participa en la educación continua de las siguientes formas, las cuales se computarán como sus horas de educación continua:
(a) Participar en cursos de capacitación, seminarios o cursos de actualización;
(2) Participar en actividades de práctica educativa de educación continua relevantes;
(3) Participar en educación a distancia;
(4) Participar en conferencias académicas, conferencias académicas, visitas académicas y otras actividades ;
(5) Otras formas de cumplir con la normativa. Los métodos específicos para determinar las modalidades de educación continua y las horas de estudio serán formulados por los departamentos administrativos de recursos humanos y seguridad social de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.