La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos para el examen de postgrado - Niveles de los miembros del Comité Central y representantes provinciales y ministeriales correspondientes.

Niveles de los miembros del Comité Central y representantes provinciales y ministeriales correspondientes.

(1) Primer Ministro del Consejo de Estado: Nivel 1;

(2) Viceprimer Ministro y Consejero de Estado: Nivel 3 a Nivel 2;

(3) Niveles ministerial y provincial: Nivel 4 a Nombre de Nivel 3;

(4) Diputados a nivel ministerial y diputados a nivel provincial: cinco a cuatro;

(5) Directores a nivel de división, directores a nivel de sección, e inspectores: Nivel 7-5;

(6) Adjunto a nivel de división, adjunto a nivel de sección, inspector asistente: Nivel 8 a Nivel 6;

(7) A nivel de división jefe de sección, jefe de sección a nivel de condado, investigador Personal: nivel 10 a nivel 7

(8) diputado a nivel de división, diputado a nivel de condado, investigador asistente: grado 11 a 8

(9) Director a nivel de división, a nivel de municipio Director a nivel de sección y miembros del personal en jefe: grados 12 a 9;

(10) Adjunto a nivel de sección, adjunto a nivel de municipio y jefe adjunto de personal : Grados 13 a 9;

(11) Oficinista: Nivel 14 a Nivel 9;

(12) Oficinista: Nivel 15 a Nivel 10.

Según el documento de septiembre de 1993 del Departamento de Organización del Comité Central del Partido Comunista de China, "Opiniones de implementación sobre la implementación de prueba en las * * * agencias de mi país", la clasificación del personal del gobierno del partido deberá se aplicará con referencia al "Reglamento provisional sobre los funcionarios públicos nacionales". La relación correspondiente entre cargos y rangos es

(1) Secretario General del Comité Central y miembro del Comité Permanente del Buró Político (PSC): Nivel 1;

(2) Miembro y miembro suplente del Buró Político del Comité Central del PCC, Secretario de la Secretaría del Comité Central, Secretario de la Comisión Central de Inspección Disciplinaria: Niveles 2 a 3;

(3) Ministro del Comité Central Ministerios y Comisiones, Secretario del Comité Provincial (Región Autónoma, Municipio) del Partido, Subsecretario de la Comisión Central de Inspección Disciplinaria: Niveles 3 a 4;

(4) Viceministro de los ministerios y comisiones centrales , subsecretario y miembro permanente del comité provincial (región autónoma, municipio), miembro del Comité Permanente de la Comisión Central de Inspección Disciplinaria, secretario de la comisión de inspección disciplinaria provincial (región autónoma, municipio): cuarto a quinto nivel;

(5) Directores de ministerios y comisiones centrales, ministros de comités provinciales (regiones autónomas, municipios), secretarios de comités locales (ciudades, estados, ligas, municipios), subsecretarios de comités provinciales (regiones autónomas, municipios) ) comisiones de control disciplinario e inspectores: niveles cinco a siete;

(6) Subdirector de los ministerios y comisiones centrales, viceministro del comité provincial (región autónoma, municipio), subsecretario de la prefectura (ciudad, estado, liga, municipio), miembro (miembro permanente) del comité de la prefectura (ciudad, estado, municipio), miembro del Comité Permanente de la Comisión de Inspección Disciplinaria de la provincia (región autónoma, municipio), prefectura (ciudad, estado, liga)

(7) Director y ministro del comité local (ciudad, prefectura, liga, distrito del municipio), comité del condado (ciudad, estado, liga) Secretario del distrito de una bandera o municipio directamente dependiente del Gobierno Central, subsecretario de la Comisión de Inspección Disciplinaria local (distrito de una ciudad, prefectura, liga o municipio directamente dependiente del Gobierno Central), investigador: Nivel 7-10;

(ocho) Prefectura (ciudad, estado, liga, subdirector y viceministro del comité municipal, subsecretario y miembro del comité permanente del comité del condado (ciudad, bandera, municipio), miembro (miembro permanente) de la prefectura (ciudad, estado, municipio) comité disciplinario y secretario del comité de inspección disciplinaria del condado (ciudad, estado, municipio).

(9) Jefe de sección, ministro del comité del condado (ciudad, estandarte y distrito provincial), secretario del comité del partido del municipio (pueblo), subsecretario y miembro principal del personal del condado (ciudad, estandarte y distrito provincial) de la Comisión de Inspección Disciplinaria: 9 al nivel 12;

(10) Subjefe de sección, subdirector de cada departamento del comité del condado (ciudad, bandera, distrito provincial), subsecretario del municipio (pueblo ) miembro del comité permanente del comité de inspección disciplinaria del comité del partido, condado (ciudad, bandera, distrito provincial), miembro del jefe adjunto de la sección: grados 9 a 13;

(11) secretario: grados 9 a 14;

(12) Oficinista: Grados 10 a 15.

Además, las disposiciones anteriores también se aplican a otros cargos en los órganos del partido en todos los niveles correspondientes a los cargos antes mencionados.

Recomendación para la preparación del examen:/gwy/ziliao/? =xz