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Regulaciones de planificación familiar de la República Popular China y la República Popular China

Las regulaciones relacionadas con el “Reglamento de Planificación Familiar de la República Popular China” son las siguientes:

Ley de Población y Planificación Familiar de la República Popular China

Legislación

Adoptada en la 25.ª sesión del Comité Permanente del Noveno Congreso Nacional del Pueblo el 29 de diciembre de 2001

El 29 de diciembre de 2001, el Congreso Popular de la República Popular de China y se anuncia la Orden Presidencial No. 63

En vigor desde el 1 de septiembre de 2002

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Índice de contenidos

Capítulo 1 Principios generales

Capítulo 2 Formulación e implementación del plan de desarrollo de la población

Capítulo 3 Regulación de la fertilidad

Capítulo 4 Recompensas y seguridad social

Capítulo 5 Servicios Técnicos de Planificación Familiar

Capítulo 6 Responsabilidades Legales

Capítulo 7 Disposiciones Complementarias

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Capítulo 1 Disposiciones Generales

Artículo 1 Con el fin de lograr el desarrollo coordinado de la población, la economía, la sociedad, los recursos y el medio ambiente, promover la planificación familiar, salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y promover la felicidad familiar, la prosperidad nacional y el progreso social, Esta ley se promulga de conformidad con la Constitución.

"Ley de Población y Planificación Familiar de la República Popular China"

Artículo 2 Nuestro país es un país con una gran población y la implementación de la planificación familiar es una política nacional básica. del país.

El estado toma medidas integrales para controlar la población y mejorar la calidad de la misma.

El Estado depende de la publicidad y la educación, el progreso científico y tecnológico, los servicios integrales y el establecimiento y mejora de sistemas de recompensa y seguridad social para llevar a cabo trabajos de población y planificación familiar.

Artículo 3 El trabajo en materia de población y planificación familiar debe llevarse a cabo junto con el aumento de la educación y las oportunidades de empleo de las mujeres, la mejora de la salud de las mujeres y la mejora de su estatus.

Artículo 4 Los gobiernos populares en todos los niveles y su personal deben hacer cumplir estrictamente la ley y hacerla cumplir de manera civilizada al promover la planificación familiar, y no deben infringir los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos.

Los departamentos administrativos de planificación familiar y su personal desempeñan funciones oficiales de conformidad con la ley y están protegidos por la ley.

Artículo 5 El Consejo de Estado dirige el trabajo de población y planificación familiar del país.

Los gobiernos populares locales en todos los niveles lideran el trabajo de población y planificación familiar dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Artículo 6 El departamento administrativo de planificación familiar del Consejo de Estado es responsable del trabajo nacional de planificación familiar y del trabajo de población relacionado con la planificación familiar.

Los departamentos administrativos de planificación familiar de los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior son responsables del trabajo de planificación familiar y del trabajo de población relacionado con la planificación familiar dentro de sus respectivas regiones administrativas.

Otros departamentos relevantes de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables del trabajo relevante de población y planificación familiar dentro de su respectivo ámbito de responsabilidades.

Artículo 7 Los sindicatos, la Liga de la Juventud Comunista, las federaciones de mujeres, las asociaciones de planificación familiar y otros grupos sociales, empresas, instituciones y ciudadanos ayudarán al gobierno popular en la realización de trabajos de población y planificación familiar.

Artículo 8 El Estado recompensará a las organizaciones e individuos que hayan logrado logros sobresalientes en el trabajo de población y planificación familiar.

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Capítulo 2 Formulación e Implementación del Plan de Desarrollo Poblacional

Artículo 9 El Consejo de Estado preparará un plan de desarrollo poblacional e incorporarlo al plan nacional Plan de Economía y Desarrollo Social.

Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior prepararán planes de desarrollo demográfico para sus respectivas regiones administrativas de acuerdo con el plan de desarrollo demográfico nacional y el plan de desarrollo demográfico del gobierno popular del siguiente nivel superior y en combinación con las condiciones reales locales, e incorporarlas a la economía nacional y al Plan de Desarrollo Social.

Reunión de demostración del plan de desarrollo de la población del distrito

Artículo 10 Los gobiernos populares a nivel de condado o superior deberán, de acuerdo con el plan de desarrollo de la población, formular planes de implementación de población y planificación familiar y organizar sus implementación.

Los departamentos administrativos de planificación familiar de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables del trabajo diario de implementar planes de implementación de población y planificación familiar.

Los gobiernos populares de los municipios, municipios étnicos y pueblos y oficinas de subdistritos de ciudades son responsables del trabajo de población y planificación familiar dentro de sus respectivas jurisdicciones e implementan el plan de implementación de población y planificación familiar.

Artículo 11 El plan de implementación de población y planificación familiar deberá estipular medidas para controlar la población, fortalecer la atención de la salud maternoinfantil y mejorar la calidad de la población.

Artículo 12 Los comités de aldeanos y los comités de residentes realizarán trabajos de planificación familiar de conformidad con la ley.

Las agencias gubernamentales, unidades militares, grupos sociales, empresas e instituciones deberían hacer un buen trabajo en materia de planificación familiar dentro de sus unidades.

Artículo 13 Los departamentos de planificación familiar, educación, ciencia y tecnología, cultura, salud, asuntos civiles, prensa y publicaciones, radio y televisión, etc. organizarán y realizarán publicidad y educación sobre población y familia. planificación.

Los medios de comunicación tienen la obligación de realizar publicidad social sobre población y planificación familiar.

Las escuelas deben llevar a cabo educación sobre higiene física, educación sobre la pubertad o educación sobre salud sexual de manera planificada entre los estudiantes de manera adecuada y coherente con las características de las personas que reciben educación.

Artículo 14 La labor de planificación familiar de la población flotante será gestionada conjuntamente por el gobierno popular del lugar de su residencia registrada y el lugar de residencia actual, siendo el principal el lugar de residencia actual.

Artículo 15 El Estado aumentará gradualmente el nivel general de inversión en población y planificación familiar en función de las condiciones nacionales de desarrollo económico y social. Los gobiernos populares en todos los niveles deben garantizar los fondos necesarios para el trabajo de población y planificación familiar.

Los gobiernos populares en todos los niveles deben brindar apoyo clave a las áreas afectadas por la pobreza y las áreas minoritarias en la realización de trabajos de población y planificación familiar.

El Estado alienta a grupos sociales, empresas, instituciones e individuos a realizar donaciones para trabajos de población y planificación familiar.

Ninguna unidad o individuo podrá retener, deducir o apropiarse indebidamente de gastos laborales de población y planificación familiar.

Artículo 16 El Estado fomenta la investigación científica y los intercambios y la cooperación con el exterior en los campos de población y planificación familiar.

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Capítulo 3 Regulación de la fecundidad

Artículo 17 Los ciudadanos tienen derecho a tener hijos y la obligación de practicar la planificación familiar de conformidad con la ley. Todos tenemos la misma responsabilidad en la implementación de la planificación familiar.

Artículo 18 El Estado estabiliza la actual política de fertilidad, alienta a los ciudadanos a retrasar el matrimonio y la maternidad, y alienta a las parejas a tener un hijo, si cumplen con las condiciones estipuladas en las leyes y reglamentos, pueden solicitar arreglos para el nacimiento; nacimiento de un segundo hijo. Las medidas específicas serán formuladas por los congresos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central o sus comités permanentes.

Las minorías étnicas también deben implementar la planificación familiar, y las asambleas populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del gobierno central o sus comités permanentes deberán prescribir medidas específicas.

Artículo 19: Se implementará la planificación familiar, centrándose en la anticoncepción.

El Estado crea condiciones para garantizar que los ciudadanos puedan tomar decisiones informadas sobre medidas anticonceptivas y anticonceptivas seguras, efectivas y apropiadas. Al realizar cirugías anticonceptivas y anticonceptivas se debe garantizar la seguridad de las receptoras.

Artículo 20 Las parejas en edad fértil deben implementar conscientemente medidas anticonceptivas de planificación familiar y aceptar la orientación de los servicios técnicos de planificación familiar.

Prevenir y reducir embarazos no deseados.

Consecuencias de favorecer a los hijos sobre las hijas

Artículo 21 Las parejas en edad fértil que practiquen la planificación familiar gozarán de servicios técnicos gratuitos de planificación familiar en los proyectos básicos prescritos por el Estado.

Los fondos requeridos en el párrafo anterior deberán estar incluidos en el presupuesto fiscal o garantizados por el seguro social de conformidad con las normas nacionales pertinentes.

Artículo 22 Está prohibido discriminar o abusar de las mujeres que dan a luz a niñas y de las mujeres infértiles. Están prohibidos la discriminación, el abuso y el abandono de las niñas.

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Capítulo 4 Recompensas y Seguridad Social

Artículo 23 El Estado recompensará a las parejas que implementen la planificación familiar de acuerdo con la normativa.

Artículo 24 El Estado establece y mejora los sistemas de seguridad social, como el seguro de pensiones básico, el seguro médico básico, el seguro de maternidad y el bienestar social, y promueve la planificación familiar.

El Estado anima a las compañías de seguros a organizar proyectos de seguros que sean beneficiosos para la planificación familiar.

Cuando las condiciones lo permitan, se pueden implementar diversas formas de medidas de seguridad de las pensiones en las zonas rurales basadas en los principios de orientación gubernamental y voluntariedad de los agricultores.

Artículo 25 Los ciudadanos que retrasen el matrimonio y la maternidad pueden recibir recompensas por licencia prolongada por matrimonio, licencia por maternidad u otros beneficios.

Artículo 26 Durante el embarazo, el parto y la lactancia, las mujeres gozan de especial protección laboral y pueden recibir asistencia e indemnización de acuerdo con la normativa nacional pertinente.

Los ciudadanos que se someten a una cirugía de planificación familiar pueden disfrutar de la licencia prescrita por el estado; el gobierno popular local puede ofrecer recompensas.

Artículo 27: Las parejas que voluntariamente den a luz a un solo hijo en su vida, recibirán por parte del Estado el “Certificado de Honor para Padres de Hijo Único”.

“Certificado de Honor para Padres de Hijo Único”

Las parejas que obtengan el “Certificado de Honor para Padres de Hijo Único” disfrutarán de recompensas para padres de hijo único de acuerdo con el normativa pertinente del país y de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central.

Si las leyes, reglamentos o normas estipulan que sus unidades deben implementar incentivos para las parejas que tienen un solo hijo en su vida, las unidades correspondientes deberán implementarlos.

Si un hijo único queda accidentalmente discapacitado o muere y sus padres ya no tienen hijos ni los adoptan, el gobierno popular local proporcionará la asistencia necesaria.

Artículo 28 Los gobiernos populares locales en todos los niveles brindarán apoyo financiero, técnico, de capacitación y de otro tipo y trato preferencial a las familias rurales que practican la planificación familiar para el desarrollo económico; a las familias pobres que practican la planificación familiar, brindarán; Se dará prioridad a los préstamos, los programas de alimentos por trabajo, los proyectos de alivio de la pobreza y la ayuda social.

Artículo 29 Para las medidas de incentivo estipuladas en este capítulo, los congresos populares y sus comités permanentes o los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas, municipios directamente dependientes del Gobierno Central y ciudades más grandes podrán, de conformidad con este Ley y leyes pertinentes y reglamentos administrativos, reglamentos y formular medidas de implementación específicas basadas en las condiciones reales locales.

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Capítulo 5 Servicios Técnicos de Planificación Familiar

Artículo 30 El Estado establecerá sistemas de atención de salud prematrimonial y de salud materna y parto para prevenir o reducir Nacimientos Defectos y mejorar la salud de los bebés que nacen.

Artículo 31 Los gobiernos populares en todos los niveles tomarán medidas para garantizar que los ciudadanos disfruten de servicios técnicos de planificación familiar y mejorar los niveles de salud reproductiva de los ciudadanos.

Artículo 32 Los gobiernos populares locales en todos los niveles asignarán racionalmente y utilizarán de manera integral los recursos de salud, establecerán y mejorarán los servicios de planificación familiar que consisten en agencias de servicios técnicos de planificación familiar e instituciones médicas y de atención de salud dedicadas a servicios técnicos de planificación familiar. Red de servicios técnicos, mejorar las instalaciones y condiciones del servicio técnico, y mejorar los niveles de servicio técnico.

Artículo 33 Las agencias de servicios técnicos de planificación familiar y las instituciones médicas y de atención de salud dedicadas a servicios técnicos de planificación familiar deberán, en el ámbito de sus respectivas responsabilidades, realizar publicidad y educación sobre conocimientos básicos de población y planificación familiar para las personas en edad fértil y las mujeres casadas en edad fértil realizan controles y servicios de seguimiento del embarazo, y brindan consultas, orientación y servicios técnicos sobre planificación familiar y atención de salud reproductiva.

Está estrictamente prohibida la identificación ilegal de género

Artículo 34 El personal del servicio técnico de planificación familiar orientará a los ciudadanos que practican la planificación familiar para elegir medidas anticonceptivas seguras, eficaces y adecuadas.

Para las parejas que han tenido hijos, se recomienda optar por medidas anticonceptivas de acción prolongada.

El Estado fomenta la investigación, aplicación y promoción de nuevas tecnologías y nuevos dispositivos médicos para la planificación familiar.

Artículo 35 Está estrictamente prohibido utilizar tecnología de ultrasonido y otros medios técnicos para identificar el sexo del feto que no sea médicamente necesario; está estrictamente prohibido interrumpir artificialmente el embarazo seleccionando un género que no sea médicamente necesario; .