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Normas detalladas para el tratamiento de violaciones de la ética profesional por parte de profesores de primaria y secundaria

Análisis jurídico: (1) Hay palabras y hechos que socavan la autoridad del Comité Central del Partido y violan la línea, los principios y las políticas del Partido en las actividades educativas y docentes y en otras ocasiones.

(2) Lesionar los intereses nacionales, los intereses públicos sociales o violar el orden público y las buenas costumbres.

(3) Publicar y remitir opiniones erróneas, o fabricar y difundir información falsa y mala a través de aulas, foros, conferencias, redes de información y otros canales.

(4) Violar disciplinas docentes, impartir enseñanza superficial o realizar actividades a tiempo parcial y remuneradas que afecten la educación y el trabajo docente sin autorización.

(5) Discriminar, insultar, abusar y dañar a los estudiantes.

(6) Cuando se encuentren en emergencias durante las actividades educativas y docentes, enfrenten peligros, menosprecien la seguridad de los estudiantes, abandonen sus puestos o escapen sin permiso.

(7) Tener relaciones legítimas con los estudiantes y no participar en ninguna forma de obscenidad o acoso sexual.

(8) Prácticas fraudulentas en admisiones, exámenes, promociones, recomendaciones, evaluaciones de desempeño, contratación laboral, evaluaciones de títulos profesionales, revisiones, etc.

(9) Pedir o aceptar propiedad de los estudiantes y sus padres, o participar en banquetes, viajes, entretenimiento y actividades de ocio financiados por los estudiantes y sus padres, y vender libros, periódicos, material didáctico y actividades sociales. seguro a los estudiantes, o utilizar los recursos de los padres para beneficio personal.

(10) Organizar y participar en clases de recuperación pagadas, o presentar a los estudiantes y proporcionar información relevante a instituciones de capacitación fuera del campus y otras.

(11) Otras infracciones a la ética profesional.

Base jurídica: Medidas para hacer frente a las violaciones de la ética profesional por parte de profesores de primaria y secundaria

Artículo 4 Los profesores que violen la ética profesional serán tratados de conformidad con las siguientes disposiciones:

(1) En las actividades educativas y docentes y en otras ocasiones, hay palabras y hechos que socavan la autoridad del Comité Central del Partido y violan la línea, los principios y las políticas del Partido.

(2) Lesionar los intereses nacionales, los intereses públicos sociales o violar el orden público y las buenas costumbres.

(3) Publicar y remitir opiniones erróneas, o fabricar y difundir información falsa y mala a través de aulas, foros, conferencias, redes de información y otros canales.

(4) Violar disciplinas docentes, impartir enseñanza superficial o realizar actividades a tiempo parcial y remuneradas que afecten la educación y el trabajo docente sin autorización.

(5) Discriminar, insultar, abusar y dañar a los estudiantes.

(6) Cuando se encuentren en emergencias durante las actividades educativas y docentes, enfrenten peligros, menosprecien la seguridad de los estudiantes, abandonen sus puestos o escapen sin permiso.

(7) Tener relaciones legítimas con los estudiantes y no participar en ninguna forma de obscenidad o acoso sexual.

(8) Prácticas fraudulentas en admisiones, exámenes, promociones, recomendaciones, evaluaciones de desempeño, contratación laboral, evaluaciones de títulos profesionales, revisiones, etc.

(9) Pedir o aceptar propiedad de los estudiantes y sus padres, o participar en banquetes, viajes, entretenimiento y actividades de ocio financiados por los estudiantes y sus padres, y vender libros, periódicos, material didáctico y actividades sociales. seguro a los estudiantes, o utilizar los recursos de los padres para beneficio personal.

(10) Organizar y participar en clases de recuperación pagadas, o presentar a los estudiantes y proporcionar información relevante a instituciones de capacitación fuera del campus y otras.

(11) Otras infracciones a la ética profesional.

Artículo 5: Si la escuela y el departamento de educación competente de la escuela descubren que un maestro ha violado las conductas enumeradas en el artículo 4, organizarán de inmediato una investigación y verificación, y los abordarán en consecuencia dependiendo de la gravedad. del caso. Antes de tomar una decisión, los docentes deben escuchar sus declaraciones y defensas, escuchar las opiniones de los estudiantes, de otros docentes, de los comités de padres o de los representantes de los padres, e informar a los docentes de su derecho a solicitar una audiencia. Si un maestro solicita una audiencia para imponer sanciones por encima del nivel laboral, el departamento que planea tomar la decisión organizará la audiencia.

Artículo 6 Se deben respetar los principios de equidad y justicia al tratar con los docentes, y la educación y el castigo deben combinarse con la naturaleza, las circunstancias y el grado de daño de su violación de los derechos profesionales; la ética debe ser clara y la evidencia concluyente, la naturaleza es precisa, el manejo es adecuado, los procedimientos son legales y los procedimientos son completos.