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Principios básicos de la Organización Mundial del Comercio

1. El principio de trato no discriminatorio, también conocido como principio de no discriminación. Significa que cuando una Parte implemente ciertas medidas restrictivas o prohibitivas, no impondrá un trato discriminatorio a otras Partes. Ninguna parte podrá otorgar preferencias comerciales especiales ni discriminar a la otra parte. Este principio cubre áreas tales como reducción arancelaria, eliminación de barreras no arancelarias, restricciones de cuotas de importación, concesión de licencias, procedimientos de importación y exportación, marcas de origen, cargas fiscales internas, subsidios a las exportaciones y medidas de inversión relacionadas con el comercio.

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2. El principio de trato de nación más favorecida significa que las preferencias y exenciones otorgadas por un miembro de la OMC a cualquier tercero se otorgarán automáticamente a todos los miembros. Este principio abarca todas las reducciones arancelarias relacionadas con las importaciones y exportaciones, las normas y procedimientos relacionados con las importaciones y exportaciones, los impuestos internos y los métodos de recaudación, las restricciones de cantidad, las ventas, el almacenamiento y el transporte, la protección de la propiedad intelectual y otros campos.

3. El principio de trato nacional significa que las partes contratantes garantizan mutuamente que las personas físicas, personas jurídicas y buques mercantes de la otra parte disfrutarán del mismo trato que sus propias personas físicas, personas jurídicas y buques mercantes. dentro de su propio país. El principio se aplica a las concesiones arancelarias relacionadas con el comercio, la recaudación de impuestos nacionales, las actividades de comercialización, la contratación pública, las medidas de inversión, la protección de la propiedad intelectual, la entrada y salida y la condición jurídica de los ciudadanos.

4. El principio de transparencia se refiere a las leyes y regulaciones efectivamente implementadas por una parte contratante que afectan la venta, distribución, transporte, seguro, almacenamiento, inspección, exhibición, procesamiento, mezcla o uso de productos importados y los bienes exportados y las sentencias judiciales y decisiones administrativas citadas en general, así como las disposiciones existentes que afecten la política comercial internacional concertada entre el gobierno o las agencias gubernamentales de una Parte y el gobierno o las agencias gubernamentales de otra Parte, deben publicarse con prontitud. Este principio se aplica al comercio de bienes, el comercio de tecnología, el comercio de servicios, las medidas de inversión relacionadas con el comercio, la protección de la propiedad intelectual, las regulaciones legales y los procedimientos para publicar políticas comerciales y de inversión entre los miembros.

5. El principio de liberalización comercial se refiere a promover el libre desarrollo del comercio restringiendo y eliminando todos los obstáculos que obstaculizan e impiden el desarrollo y progreso del comercio internacional, incluidas las leyes, regulaciones, políticas y medidas. Este principio se logra principalmente mediante concesiones arancelarias y la eliminación de barreras no arancelarias.

6. El principio de acceso al mercado se refiere a la medida en que un país permite que bienes, servicios y capitales extranjeros participen en el mercado interno. En los acuerdos pertinentes alcanzados por la OMC, este principio abarca principalmente áreas como las concesiones arancelarias, los textiles y el vestido, el comercio agrícola, los productos tropicales y de recursos naturales, el comercio de servicios y la eliminación de barreras no arancelarias.

7. El principio de reciprocidad significa que dos países se otorgan mutuamente un trato comercial preferencial. La aplicación de este principio se ha ampliado gradualmente con las negociaciones anteriores del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y su evolución hacia la OMC, y ahora abarca textiles y prendas de vestir, productos tropicales, productos de recursos naturales, productos agrícolas, comercio de servicios y propiedad intelectual. protección.

8. El principio de trato preferencial para los países en desarrollo y los países menos desarrollados significa que si los países en desarrollo necesitan una cierta cantidad de tiempo y preparación material para implementar el acuerdo de la OMC, pueden disfrutar de un trato preferencial durante el período de transición. durante un período determinado. Se trata de un trato diferencial y más preferencial otorgado por el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y la OMC teniendo en cuenta el nivel de desarrollo económico y los intereses económicos de los países en desarrollo. Es una excepción al principio de trato no discriminatorio de la OMC.

9. El principio de manejo justo e igualitario de disputas comerciales significa que al mediar en disputas, la premisa debe ser un acuerdo entre miembros sobre la base de igualdad de estatus. El mediador suele ser el Director General. De aplicación universal.