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Cómo castigar a los estudiantes de secundaria por cometer delitos

Si un estudiante de secundaria menor de catorce años comete el delito de homicidio intencional o lesiones intencionales, causando la muerte o lesiones graves por medios especialmente crueles, y las circunstancias son atroces;

Si la Fiscalía Suprema del Pueblo aprueba la procesamiento, será penalmente responsable. La pena se determinará según el delito que constituya. Quienes cometan delitos distintos de los antes mencionados no serán penalmente responsables.

Los estudiantes de secundaria mayores de 14 años pero menores de 16 son culpables de homicidio intencional, lesión intencional, causar lesiones graves o muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o liberación.

El delito de sustancias peligrosas será sancionado según los delitos constitutivos del delito. No serán sancionados quienes cometan delitos distintos de los antes mencionados.

Si un estudiante de secundaria que haya cumplido 16 años comete un delito y éste constituye delito, será penalmente responsable y la pena se determinará según el delito constituido.

Cabe señalar que los estudiantes menores de secundaria que cometan delitos deben ser considerados penalmente responsables y recibir un castigo más leve o reducido.

Base jurídica

El artículo 17 de la "Ley penal" estipula que una persona que haya cumplido 16 años comete un delito y asumirá responsabilidad penal. Una persona mayor de 14 años pero menor de 16 comete homicidio intencional, lesión intencional que cause lesión grave o muerte, violación, robo, tráfico de drogas, incendio provocado, explosión o liberación.

Quienes cometan el delito de liberación de sustancias peligrosas, incurrirán en responsabilidad penal.

Si una persona mayor de 12 años pero menor de 14 comete el delito de homicidio doloso o lesiones dolosas, causando la muerte o invalidez grave por medios especialmente crueles, y las circunstancias sean atroces, y el Supremo La Fiscalía Popular aprueba la acusación, será procesado con responsabilidad penal.

Si una persona menor de 18 años es considerada penalmente responsable de conformidad con lo dispuesto en los tres primeros párrafos, se le impondrá una pena más leve o reducida. Si una persona no está sujeta a sanción penal por ser menor de 16 años, se ordenará a sus padres o tutores que la apliquen disciplinariamente, si es necesario, y se le impartirá educación correctiva especial de conformidad con la ley;