¿Cuál es el proceso para un borrador (o un borrador para solicitar opiniones) desde la solicitud de opiniones hasta la implementación real? ¿Cuánto tiempo llevará implementarlo?
Los procedimientos básicos para la formulación de leyes por parte del Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente incluyen las cuatro etapas: propuesta de un proyecto de ley, deliberación del proyecto de ley, votación del proyecto de ley y promulgación del ley. Para los proyectos de ley incluidos en la agenda del Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo, en principio, el proyecto de ley y sus instrucciones de redacción y revisión deben hacerse públicos para comentarios, generalmente durante no menos de treinta días. En cuanto a cuándo se someterá a votación el proyecto de ley y si se puede aprobar, no hay límite de tiempo y debe determinarse en función de la situación real.
Vínculo legal: De acuerdo a lo establecido en la “Ley de Legislación” y leyes conexas, los procedimientos legislativos son los siguientes: 1. Propuesta de proyectos de ley
1. El sujeto con derecho a proponer casos judiciales al Congreso Nacional del Pueblo.
(1) Órganos estatales relevantes, a saber, el Presidium de la Asamblea Popular Nacional, el Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional, el Consejo de Estado, la Comisión Militar Central, el Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema , y los comités especiales del Congreso Nacional del Pueblo, podrán presentar casos legales al Congreso Nacional del Pueblo, que el Presidium decida incluir en el orden del día de la reunión.
(2) Una delegación o más de 30 representantes también pueden proponer un proyecto de ley, y el presidium decidirá si lo incluye en la agenda de la reunión o lo presenta primero al comité especial correspondiente para revisión y recomendación sobre si incluirlo en la agenda de la reunión antes de decidir si incluirla en la agenda. Cuando la comisión especial esté deliberando, el proponente podrá ser invitado a asistir a la reunión y expresar opiniones.
La Ley Legislativa estipula claramente que los proyectos de ley propuestos al Congreso Nacional del Pueblo pueden presentarse al Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo antes de que el Congreso Nacional del Pueblo esté en sesión. Después de la deliberación en la reunión del Comité Permanente. se decide presentarlo al Congreso Nacional del Pueblo para su revisión.
2. El sujeto con derecho a proponer casos judiciales al Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo.
(1) Los órganos estatales pertinentes, a saber, la Conferencia del Presidente, el Consejo de Estado, la Comisión Militar Central, el Tribunal Popular Supremo, la Fiscalía Popular Suprema y los comités especiales de la Asamblea Popular Nacional, pueden proponer proyectos de ley, que se incluirán en el Congreso Nacional del Pueblo previa decisión de la Conferencia de Presidentes. El orden del día de la reunión del Comité Permanente podrá presentarse al comité especial correspondiente para su revisión e informe antes de ser incluido en el orden del día de la reunión del Comité Permanente. Si la Conferencia de Presidentes cree que hay cuestiones importantes en un proyecto de ley que requieren más estudio, puede recomendar que el proponente revise y mejore el proyecto de ley antes de presentarlo al Comité Permanente.
(2) Si más de diez miembros del Comité Permanente proponen conjuntamente un proyecto de ley, la Asamblea del Presidente decidirá si lo incluye en el orden del día de la reunión del Comité Permanente, o se someterá primero a al comité especial correspondiente para su revisión y recomendación sobre si incluirlo en las opiniones en la agenda de la reunión, y luego decidir si incluirlo en la agenda de la reunión del Comité Permanente. Si no estuviera incluido en el orden del día de la reunión del Comité Permanente, deberá informarse al Comité Permanente o explicarse al proponente. Cuando la comisión especial esté deliberando, el proponente podrá ser invitado a asistir a la reunión y expresar opiniones. 2. El proceso de formación de un proyecto de ley
Un proyecto de ley se refiere a una propuesta para formular, modificar o derogar una determinada ley presentada al cuerpo legislativo por una agencia o individuo que tiene derecho a proponer propuestas. de conformidad con la ley. Según lo dispuesto en la Ley de Legislación, cuando se propone un proyecto de ley, se debe presentar al mismo tiempo el texto del proyecto de ley y su explicación, y se debe proporcionar la información necesaria. Entre ellos, el texto del proyecto de ley es el contenido más importante del caso jurídico. Encarna el propósito legislativo, la ideología rectora, los principios y las normas jurídicas que se establecerán en forma de artículos. La redacción de proyectos legales es un eslabón básico en la labor legislativa.
Según la práctica de las agencias estatales centrales que redactan proyectos legales, el proceso de formación de proyectos legales generalmente incluye los siguientes enlaces:
1. Establecer proyectos y tomar decisiones legislativas. Desarrollar un plan legislativo quinquenal y un plan legislativo anual.
2. Establecer un equipo de redacción y realizar el trabajo de redacción. El equipo de redacción generalmente está compuesto por líderes, expertos y trabajadores prácticos relacionados con asuntos legislativos.
3. Realizar investigaciones. Esto incluye la convocatoria de varios simposios, seminarios especiales, la realización de encuestas de base y la recopilación de información diversa.
4. Desarrollar un borrador de marco y opiniones sobre temas clave. Se pueden solicitar opiniones y demostraciones dentro de un cierto rango y enviarlas al liderazgo de la agencia de redacción para su aprobación.
5. Disposiciones de redacción. El proyecto de ley se denomina inicialmente "proyecto de prueba" y está destinado a ser estudiado y discutido dentro de un cierto rango.
Después de una discusión preliminar y aprobación por parte del departamento o unidad de redacción, y a veces presentado a la autoridad competente pertinente para su aprobación, el "borrador de prueba" se transforma en un "borrador para comentarios" o un "borrador de discusión" y se distribuye para solicitar opiniones de todas las partes.
6. Solicite opiniones de todos los lados. Hay dos formas principales: una es emitir un borrador de solicitud o un borrador de discusión por escrito a las partes relevantes para solicitar opiniones; la otra es celebrar simposios, reuniones de demostración y audiencias para solicitar opiniones;
7. Forme un borrador para revisión y revise el borrador para revisión. Después de repetidas discusiones y revisiones, el borrador para comentarios se convierte en un borrador para revisión y se envía a la autoridad de propuestas para su discusión y aprobación. Antes de elaborar un borrador para su revisión, la unidad de redacción generalmente tiene que informar a la autoridad superior o solicitar formalmente opiniones de las partes relevantes sobre cuestiones importantes del proyecto de ley.
8. El organismo de la propuesta discutirá y decidirá el asunto y formará un caso legal formal. Cuando se propone un proyecto de ley, se debe presentar al mismo tiempo el texto del proyecto de ley y su explicación, y se debe proporcionar la información necesaria. Por ejemplo, un proyecto de ley para modificar una ley existente generalmente va acompañado de un cuadro comparativo. disposiciones anteriores y posteriores a la modificación. 3. Revisión de proyectos de ley
1. Los procedimientos para la deliberación de proyectos de ley por parte del Congreso Nacional del Pueblo: primero, el proyecto de ley se envía a los diputados un mes antes de la reunión, para que los diputados puedan estudiarlo cuidadosamente y preparar opiniones; segundo, escuchar la explicación del patrocinador sobre el proyecto; la ley en la sesión plenaria de la Asamblea General; la tercera es que las reuniones plenarias o de grupo de cada delegación revisen el proyecto de ley; la cuarta es que los comités especiales pertinentes revisen el proyecto de ley y presenten sus opiniones de revisión; El Comité Jurídico, basándose en las opiniones de revisión de cada delegación y los comités especiales pertinentes, lleva a cabo una revisión unificada del proyecto de ley, presenta un informe sobre los resultados de la revisión al presidium y propone un proyecto de ley revisado.
Cuando el Congreso Nacional del Pueblo considera proyectos de ley, normalmente se someten a votación después de una deliberación en una sola reunión. Si hay cuestiones importantes que requieren mayor estudio durante la deliberación de un proyecto de ley, a propuesta del Presidium y decisión de la sesión plenaria de la Asamblea General, el Comité Permanente podrá ser autorizado a deliberar más a fondo, tomar una decisión e informar sobre el tema. decisión a la próxima sesión del Congreso Nacional del Pueblo; el Comité Permanente también podrá ser autorizado a basarse en las opiniones de los diputados, se llevarán a cabo más deliberaciones, se propondrá un plan revisado y el plan se presentará a la próxima sesión. del Congreso Nacional del Pueblo para su revisión y decisión.
2. Los procedimientos para que el Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo revise los proyectos de ley: Primero, el proyecto de ley se envía a los miembros del Comité Permanente 7 días antes de la reunión del Comité Permanente, para que los miembros del Comité Permanente puedan realizar un estudio cuidadoso y preparar opiniones, en la reunión plenaria del Comité Permanente escuche la explicación del patrocinador sobre el proyecto de ley, y la persona encargada por el patrocinador explicará la necesidad y viabilidad de formular la ley, la ideología rectora y los principios básicos de la legislación, y el contenido principal del proyecto de ley; tercero, la reunión del grupo del Comité Permanente. El proyecto de ley será revisado y, sobre esta base, se puede celebrar una reunión conjunta para su revisión, en cuarto lugar, los comités especiales pertinentes revisarán el proyecto de ley; presentar opiniones de deliberación, y luego el Comité Jurídico revisará el proyecto de ley con base en los miembros de los comités permanentes y los comités especiales relevantes. El comité llevará a cabo una revisión unificada del proyecto de ley con base en sus opiniones de deliberación y opiniones de otros aspectos. , presentar un informe sobre las opiniones deliberadas o los resultados de la deliberación al Comité Permanente y proponer revisiones al proyecto de ley.
3. Respecto al sistema de tres revisiones. El Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional generalmente adopta un sistema de tres juicios para la deliberación de proyectos de ley, pero la Ley de Legislación estipula tres excepciones: primero, si todos los partidos tienen opiniones consistentes sobre el proyecto de ley, éste puede someterse a votación después deliberación en dos reuniones; en segundo lugar, para un proyecto de ley de enmienda parcial, si las opiniones de todas las partes son relativamente consistentes, se puede someter a votación después de la deliberación en una reunión; tercero, si después de tres reuniones del Comité Permanente del proyecto de ley, Todavía hay cuestiones importantes que necesitan mayor discusión. Si el asunto va a ser estudiado, será propuesto por la reunión del Presidente, y con el consentimiento de la reunión del grupo conjunto o de la reunión plenaria, el asunto podrá suspenderse temporalmente de la votación y. presentado al Comité Jurídico y a los comités especiales pertinentes para su posterior deliberación.
De acuerdo con las disposiciones de la Ley Legislativa y las prácticas prácticas, la principal división del trabajo entre las tres revisiones es:
En la primera revisión, la explicación del patrocinador del proyecto de ley es Se escuchará en la reunión plenaria del Comité Permanente, y luego en reuniones de grupo se realizará una revisión preliminar del proyecto de ley. La primera instancia se centrará en la necesidad y viabilidad de promulgar la ley y si el marco legal es razonable.
Segunda revisión: escuche el informe del Comité Jurídico sobre la revisión del proyecto de ley y las cuestiones principales en la reunión plenaria del Comité Permanente, y luego revise el borrador revisado de la ley propuesto por el Comité Jurídico ( denominado “segundo borrador de revisión”) en una reunión de grupo ”) realizar una revisión integral y en profundidad. La segunda revisión se centrará en si las disposiciones del segundo proyecto de ley de revisión sobre una serie de cuestiones importantes son apropiadas y viables.
La tercera revisión consiste en escuchar el informe del Comité Jurídico sobre los resultados de la revisión del proyecto de ley en la reunión plenaria del Comité Permanente, y luego revisar el nuevo proyecto de ley propuesto por el Comité Jurídico en la reunión del grupo (llamada "tercer borrador de revisión") para otra revisión en profundidad. El objetivo de la tercera revisión es si las opiniones presentadas por varias partes sobre varias cuestiones importantes del proyecto de ley se han resuelto adecuadamente y si existen explicaciones y explicaciones suficientes y razonables para las opiniones que no se han adoptado. Con base en las opiniones de la deliberación del grupo del Comité Permanente, el Comité Jurídico se reunió nuevamente en esa reunión para hacer las modificaciones necesarias al proyecto de ley, presentó un borrador de ley recomendado para votación y lo presentó a la reunión del grupo para su revisión final. Si los miembros del Comité Permanente no tienen opiniones diferentes importantes sobre el proyecto de votación propuesto, la reunión del Presidente lo someterá a la reunión plenaria del Comité Permanente para su votación y será aprobado por una mayoría de los miembros del Comité Permanente. Comité.
4. Respecto al sistema de escucha exhaustiva de opiniones de todas partes. En el proceso legislativo, además de que los diputados del Congreso Nacional del Pueblo y los miembros del Comité Permanente participen en la deliberación, discusión y presentación de opiniones, también se deben escuchar ampliamente las opiniones de todos los aspectos, incluyendo principalmente: solicitud de opiniones por escrito, simposios. , audiencias, reuniones de demostración y anuncio de leyes al público. Existen varios sistemas, como la solicitud pública de opiniones sobre el proyecto. 4. Votación de proyectos de ley
Para los proyectos de ley enumerados para su deliberación en el Congreso Nacional del Pueblo, el proyecto de ley revisado propuesto por el Comité Jurídico será revisado por el Comité Jurídico y presentado a cada delegación para su modificación. los dictámenes de deliberación y proponer un proyecto de votación del proyecto de ley, que será sometido por el Presidium al pleno de la Asamblea General para su votación, y será adoptado por más de la mitad de todos los representantes.
Para los proyectos de ley enumerados para su deliberación por el Comité Permanente del Congreso Nacional del Pueblo, el proyecto de ley revisado propuesto por el Comité Jurídico se presentará al Comité Permanente para su revisión, y el Comité Jurídico hará revisiones basadas sobre los dictámenes de deliberación de los miembros del Comité Permanente los proyectos de ley se someterán al pleno del Comité Permanente para la votación de la Conferencia de Presidentes, y serán adoptados por más de la mitad de los miembros del Comité Permanente.
El llamado todos los representantes o todos los miembros del Comité Permanente se refiere a todos los representantes reales o todos los miembros del Comité Permanente. No se refiere al número de representantes o miembros del Comité Permanente. ni se refiere a todos los representantes o miembros presentes en la reunión. Todos los miembros del Comité Permanente. La llamada mayoría significa que los votos afirmativos superan la mitad de todos los diputados o miembros del Comité Permanente. Los votos afirmativos son exactamente la mitad, no más de la mitad. 5. Promulgación de leyes
La promulgación de leyes es el último paso de la legislación y una condición necesaria para que la ley entre en vigor. Las leyes aprobadas por el Congreso Nacional del Pueblo y su Comité Permanente serán promulgadas mediante orden presidencial firmada por el Presidente del país. La orden presidencial firmada y promulgada la ley establece la autoridad promulgante de la ley, la fecha de adopción e implementación.
Una vez firmada la ley, se publicará en la Gaceta del Comité Permanente de la Asamblea Popular Nacional y en los periódicos distribuidos a nivel nacional de manera oportuna. El texto legal publicado en la Gaceta del Comité Permanente es el texto estándar. El llamado texto estándar significa que si se encuentra alguna inconsistencia entre varios textos legales, el texto legal publicado en el comunicado del Comité Permanente se utilizará como estándar para mantener la unidad del sistema legal y garantizar la correcta implementación del ley.