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La "Ley de la República Popular China sobre la Prevención de la Delincuencia Juvenil" ha sido adoptada por la 24ª Reunión del Comité Permanente del 13º Congreso Nacional Popular de la República Popular China en 2020 La revisión fue adoptado el 26 de diciembre, ahora se anuncia y entrará en vigor el 1 de junio de 2021.

Artículo 1: Esta ley se promulga con el fin de proteger la salud física y mental de los menores, cultivar la buena conducta entre los menores y prevenir eficazmente que los menores cometan delitos.

Artículo 2: La prevención de los delitos menores se basará en la combinación de educación y protección de los menores, insistiendo en la prevención primero, la intervención temprana y la prevención oportuna y jerárquica de las malas conductas y malas conductas graves de los menores. , intervención y corrección.

Artículo 3: Al realizar trabajos para evitar que los menores cometan delitos, se debe respetar la dignidad personal de los menores y proteger sus derechos e intereses legítimos, como los derechos a la reputación, los derechos de privacidad y la información personal. Split Ling

Artículo 4: Para prevenir delitos menores, se implementará una gestión integral bajo las organizaciones de gobiernos populares en todos los niveles.

Las agencias estatales, las organizaciones populares, las organizaciones sociales, las empresas e instituciones, los comités de residentes, los comités de aldeanos, las escuelas, las familias, etc., asumen sus respectivas responsabilidades y cooperan entre sí para prevenir los delitos juveniles. eliminar rápidamente diversos factores negativos que fomentan el comportamiento ilegal y criminal de los menores y crear un buen ambiente social para el desarrollo físico y mental saludable de los menores.

Artículo 5: Las responsabilidades de los gobiernos populares en todos los niveles en la prevención de delitos menores son:

(1) Formular planes de trabajo para la prevención de delitos menores;

>(2) Organizar los departamentos de seguridad pública, educación, asuntos civiles, cultura y turismo, supervisión y gestión de mercados, información de Internet, salud, prensa y publicaciones, cine, radio y televisión, administración judicial y otros departamentos pertinentes para llevar a cabo trabajos para prevenir delitos menores;

(3) Proporcionar apoyo político y garantía financiera para la prevención de la delincuencia juvenil;

(4) Inspeccionar la implementación de esta ley y la implementación del plan de trabajo;

(5) Organizar y llevar a cabo publicidad y educación sobre la prevención de la delincuencia juvenil;

(6) Otras responsabilidades para la prevención de la delincuencia juvenil.

Artículo 6: El Estado fortalece la construcción de escuelas especializadas y brinda educación especializada a menores con malas conductas graves. La educación especializada es parte integral del sistema educativo nacional y una importante medida protectora y disciplinaria para la educación y corrección de menores con mala conducta grave.

Los gobiernos populares provinciales deben incorporar el desarrollo de la educación especializada y la construcción de escuelas especializadas en los planes de desarrollo económico y social. Los gobiernos populares locales a nivel de condado o superior establecerán comités directivos de educación especializados para establecer racionalmente escuelas especializadas según sea necesario.

El Comité Directivo de Educación Especial está formado por educación, asuntos civiles, finanzas, recursos humanos y seguridad social, seguridad pública, administración judicial, Fiscalía Popular, Tribunal Popular, Liga Juvenil Comunista, Federación de Mujeres y Care for the Next. Los Comités de Generación, las escuelas profesionales y otras unidades, así como los abogados, trabajadores sociales y demás personal, estudian y determinan la enseñanza, la gestión y otras labores afines de las escuelas profesionales.

Las medidas específicas para la construcción de escuelas especializadas y de enseñanza especializada serán estipuladas por el Consejo de Estado.

Artículo 7: Los órganos de seguridad pública, las fiscalías populares, los tribunales populares y los departamentos administrativos judiciales contarán con organismos especializados o personal especializado que haya recibido formación profesional y conozca las características físicas y psíquicas de los menores a cargo. para la prevención de delitos de menores.

Artículo 8: Liga de la Juventud Comunista, Federación de Mujeres, Sindicato, Federación de Personas con Discapacidad, Comité de Atención a la Próxima Generación, Federación de Jóvenes, Federación de Estudiantes, Jóvenes Pioneros y organizaciones sociales relevantes. Todas las oficinas deben ayudar. los gobiernos populares en todos los niveles y sus departamentos pertinentes, las fiscalías y los tribunales populares para prevenir delitos menores, cultivar fuerzas sociales para la prevención de delitos menores y proporcionar servicios de apoyo.

Artículo 9: El Estado alienta, apoya y orienta a las agencias de servicios de trabajo social y otras organizaciones sociales a participar en trabajos relacionados con la prevención de la delincuencia juvenil, y fortalece la supervisión.

Artículo 10: Ninguna organización o individuo podrá instigar, coaccionar o inducir a menores a cometer malas conductas o conductas graves, ni proporcionar condiciones para que menores cometan las conductas antes mencionadas.

Artículo 11 Los menores deben respetar las leyes, los reglamentos y la ética social, establecer un sentido de autoestima, autodisciplina y superación personal, mejorar su capacidad para distinguir el bien del mal y la autoprotección, y resistir conscientemente diversos malos comportamientos y la inducción e infracción de actos ilegales y criminales.

Artículo 12: Para evitar que los menores cometan delitos, debemos fortalecer la investigación sobre la educación de los adolescentes, la atención psicológica, la corrección psicológica y las contramedidas de prevención del delito a la luz de las características fisiológicas y psicológicas de los menores de diferentes edades.

Artículo 13: El Estado fomenta y apoya la construcción de disciplinas, establecimiento profesional, formación de personal e investigaciones científicas relacionadas con la prevención de la delincuencia juvenil, y realiza intercambios y cooperación internacionales.

Artículo 14: El Estado elogia y recompensa a las organizaciones e individuos que hayan logrado logros notables en la prevención de la delincuencia juvenil.