La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos universitarios - ¿Qué cambios se han realizado en la Ley de Procedimiento Penal revisada de mi país en 2012?

¿Qué cambios se han realizado en la Ley de Procedimiento Penal revisada de mi país en 2012?

Cambie el artículo 51 por el artículo 65 y modifíquelo para que diga: “El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública podrán poner en libertad bajo fianza a los sospechosos o acusados ​​de delitos en espera de juicio por cualquiera de las siguientes circunstancias:

“(1) Quienes puedan ser condenados a vigilancia pública, detención penal o penas adicionales independientes;

“(2) Quienes puedan ser condenados a una pena de prisión de duración determinada o superior, y la adopción de la libertad bajo fianza en espera de juicio no causará peligro social;

"(3) Las mujeres que estén gravemente enfermas, incapaces de valerse por sí mismas, embarazadas o amamantando a sus propios bebés, no lo harán. representan un riesgo social al quedar en libertad bajo fianza en espera de juicio;

"(4) ) El período de detención ha expirado y el caso no ha sido resuelto, y se requiere fianza en espera de juicio.

“La libertad bajo fianza en espera de juicio será implementada por los órganos de seguridad pública. ”

Cambiar el artículo 55 al artículo 68 y modifíquelo para que diga: “El garante deberá cumplir las siguientes obligaciones:

“(1) Supervisar el cumplimiento por parte de la persona garantizada del artículo 6 de este Ley. Lo dispuesto en el artículo 69;

“(2) Si se descubre que la persona garantizada pudo haber cometido o ha cometido una violación de lo dispuesto en el artículo 69 de esta Ley, se informará a la agencia de aplicación de la ley de manera oportuna.

“Si el garante viola lo dispuesto en el artículo 69 de esta Ley y el fiador incumple sus obligaciones de garantía, el fiador será multado. Si se constituye delito, se perseguirá la responsabilidad penal conforme a ello. con la ley.”

Cambiar el artículo 56 en tres artículos, como artículo 69, artículo 70 y artículo 71, y modifíquelo para que diga:

“Artículo 69: Los que sean puestos en libertad en libertad bajo fianza en espera de juicio Los sospechosos y acusados ​​criminales deberán cumplir con las siguientes regulaciones:

“(1) No abandonarán la ciudad o el condado donde viven sin la aprobación de la agencia de aplicación de la ley;

“(2) Dirección, trabajo Si la unidad y la información de contacto cambian, informe a la agencia de aplicación de la ley dentro de las 24 horas;

“(3) Llegue a tiempo cuando lo llamen;

“(4) No interferirá con el testimonio de los testigos de ninguna forma;

“(5) No destruirá ni fabricará pruebas ni se confabulará en confesiones.

“El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y los órganos de seguridad pública podrán, basándose en las circunstancias del caso, ordenar a los sospechosos de delitos o acusados ​​que hayan sido puestos en libertad bajo fianza en espera de juicio que cumplan con uno o más de los siguientes disposiciones:

“ 1) No se permite ingresar a lugares específicos;

"(2) No se permite reunirse o comunicarse con personas específicas;

"(3 ) No participar en actividades específicas;

"(4) Presentar pasaportes y otros documentos de entrada y salida y licencias de conducir a la agencia de aplicación de la ley para su custodia.

"Si es un sospechoso o acusado de un delito Quien quede en libertad bajo fianza en espera de juicio infrinja lo dispuesto en los dos párrafos anteriores y haya pagado un depósito, se le confiscará parte o la totalidad del depósito de garantía y, según las circunstancias, se le confiscará al sospechoso o imputado. se le ordenará declarar arrepentimiento, pagar un nuevo depósito de seguridad, proporcionar un garante, o ser puesto bajo vigilancia residencial o arrestado.

“Para aquellos que violen las disposiciones sobre libertad bajo fianza en espera de juicio y necesiten ser arrestados, el sospechoso o acusado de un delito podrá ser detenido primero.

“Artículo 70 La autoridad para tomar decisiones sobre la fianza en espera de juicio se tomarán consideraciones integrales. El monto del depósito se determina en función de la necesidad de garantizar el desarrollo normal de las actividades del litigio, el peligro social de la persona en libertad bajo fianza en espera de juicio, la naturaleza y circunstancias del caso, la gravedad de la posible pena, la situación económica de la persona en libertad bajo fianza en espera de juicio, etc.

“La persona que proporcione el depósito de garantía deberá depositar el depósito de seguridad en una cuenta especial del banco designado por el organismo de aplicación.

“Artículo 71: Los sospechosos y acusados ​​de delitos no podrán violar cualquiera de las siguientes disposiciones mientras se encuentre en libertad bajo fianza en espera de juicio. Según lo estipulado en el artículo 69 de esta Ley, cuando finalice la libertad bajo fianza en espera de juicio, la persona deberá acudir al banco a cobrar el depósito de garantía reembolsado con el aviso de levantamiento de la libertad bajo fianza en espera de juicio. o documentos legales relevantes. ”

Agregue tres artículos como Artículo 72, Artículo 73 y Artículo 74:

“Artículo 72 El Tribunal Popular, la Fiscalía Popular y la Oficina de Seguridad Pública Las autoridades podrán internar a sospechosos de delitos o imputados bajo vigilancia residencial que reúnan las condiciones para el arresto y tengan una de las siguientes circunstancias:

“(1) Quienes padecen enfermedades graves y no pueden valerse por sí mismos;

"(2) Mujeres que están embarazadas o amamantando a sus propios bebés;

"(3) Ser el único cuidador de una persona que no puede cuidar de sí misma;

"( 4) Por la naturaleza del caso. En circunstancias especiales o por la necesidad de atender casos, es más apropiado adoptar medidas de vigilancia domiciliaria;

“(5) Cuando vence el plazo de detención y el caso no ha sido resuelto. Una vez resuelto el problema, es necesario tomar medidas de vigilancia residencial.

“Si el sospechoso o acusado cumple las condiciones para la libertad bajo fianza en espera de juicio, pero no puede proporcionar un garante o pagar un depósito, podrá ser puesto bajo vigilancia residencial.

“La vigilancia residencial será implementada por los órganos de seguridad pública.

“Artículo 73 La vigilancia domiciliaria se realizará en el domicilio del sospechoso o imputado; si no hubiere domicilio fijo, podrá realizarse en el domicilio designado para los sospechosos de delitos que pongan en peligro a los nacionales. seguridad, actividades terroristas, Para delitos de soborno particularmente graves, si la ejecución en la residencia puede obstaculizar la investigación, la ejecución también podrá llevarse a cabo en una residencia designada con la aprobación de la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior o del órgano de seguridad pública. Sin embargo, la ejecución no se llevará a cabo en un lugar de detención o en un lugar de tratamiento de casos especiales.

“Para la vigilancia residencial en un lugar designado, a menos que no sea posible la notificación, los familiares de la persona bajo custodia residencial La vigilancia se notificará dentro de las 24 horas siguientes a la implementación de la vigilancia residencial.

“Las disposiciones del artículo 33 de esta Ley se aplicarán a los presuntos delincuentes y acusados ​​bajo vigilancia domiciliaria que confíen un defensor.

“La decisión de la Fiscalía Popular sobre la vigilancia domiciliaria en una residencia designada y Supervisar si la ejecución es legal.

“Artículo 74 El período de vigilancia domiciliaria en una residencia designada será equivalente a la pena. Si una persona es condenada a vigilancia pública, un día de vigilancia domiciliaria equivaldrá a un día de pena; si es condenado a prisión preventiva o a prisión de duración determinada, el período de vigilancia domiciliaria será equivalente a dos días de vigilancia domiciliaria. Cada día se descontará de la pena un día."

Cambiar artículo. 57 al artículo 75 y modifíquelo para que diga: "Los sospechosos y acusados ​​bajo vigilancia residencial deberán cumplir con las siguientes disposiciones:

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“(1) No abandonar el lugar donde se realiza la vigilancia residencial implementado sin la aprobación del organismo ejecutor;

“(2) No reunirse con otros ni comunicarse con otros sin la aprobación del organismo ejecutor;

"(3) Llegar puntualmente al citaciones;

"(4) No interferirá con el testimonio de los testigos de ninguna forma;

"(5) No destruirá, fabricará pruebas ni se confabulará en confesiones;

“(6) Presentar pasaportes y otros documentos de entrada y salida, documentos de identidad y permisos de conducir a la agencia de aplicación de la ley para su conservación.

“Los sospechosos de delitos y acusados ​​bajo vigilancia residencial que violen el párrafo anterior. estipula que si las circunstancias son graves, se podrán realizar arrestos si el arresto es necesario, los sospechosos o acusados ​​de delitos podrán ser detenidos con anticipación; ”

Agregue un artículo como Artículo 76: “Los organismos encargados de hacer cumplir la ley podrán adoptar monitoreo electrónico, inspecciones irregulares y otros métodos de vigilancia para los sospechosos y acusados ​​de delitos que se encuentren bajo vigilancia residencial para cumplir con las disposiciones de vigilancia residencial”. durante la investigación se pueden monitorear las comunicaciones de los presuntos delincuentes bajo vigilancia residencial. ”

Cambiar el artículo 60 por el artículo 79 y modificarlo para: