1. El delito de organizar y liderar esquemas piramidales se refiere a exigir a los participantes que obtengan membresía mediante el pago de cuotas o la compra de bienes o servicios en nombre de la venta de bienes o la prestación de servicios, y organizarlos en jerarquías en un orden determinado para aumentar directa o indirectamente la número de personas. Es un esquema piramidal que se utiliza como base para calcular la remuneración o el descuento, para inducir y coaccionar a los participantes a continuar desarrollando la participación de otras personas, para defraudar a la propiedad y perturbar el orden económico y social. 2. El sujeto de este delito es un sujeto general cualquier persona física que haya alcanzado la mayoría de edad penal y tenga capacidad de responsabilidad penal. Puede cometer este delito. Este delito se dirige principalmente a los organizadores de actividades de MLM y a los participantes activos que han introducido, engañado y obligado repetidamente a otros a unirse a actividades de MLM. Para los participantes ordinarios, no habrá investigación. 3. Según las disposiciones legales pertinentes, “Si una empresa, empresa o institución establecida por un individuo comete actividades ilegales y delictivas para cometer un delito, o si una empresa, empresa o institución se establece y su actividad principal es cometer un delito delito, no será sancionado como un delito unitario”. Por lo tanto, según lo dispuesto en la interpretación judicial, las empresas que se especializan en esquemas piramidales no son tratadas como delitos unitarios, y sus organizadores y participantes principales son condenados y sancionados como personas naturales. .
Base legal
El artículo 224-1 de la "Ley Penal de la República Popular China" organiza y dirige actividades de venta piramidal en nombre de la venta de bienes y la prestación de servicios, y exige participantes para aprobar Aquellos que pagan tarifas o compran bienes o servicios para obtener calificaciones de membresía, forman jerarquías en un orden determinado, utilizan directa o indirectamente el número de personas desarrolladas como base para remuneraciones o descuentos, inducen o coaccionan a los participantes a continuar desarrollando a otros participar, defraudar bienes y perturbar el orden económico y social, será reprimido con pena de cinco años de prisión no mayor a 1 año. Si las circunstancias fueran graves, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de cinco años y también con multa.