Preguntas reales sobre el banco 2020
Los bancos y otras instituciones financieras deben volver a identificar a los clientes en las siguientes circunstancias:
Primero, el cliente requiere un cambio de nombre, documento de identidad o documento de identificación Categoría, número de identificación, capital social, objeto social, representante legal o responsable.
El segundo es el comportamiento anormal del cliente o las condiciones de transacción.
En tercer lugar, el nombre del cliente es el mismo que el nombre del sospechoso de delito, lavado de dinero o financista del terrorismo que debe ser investigado o al que deben prestar atención los departamentos, agencias y órganos judiciales pertinentes de el Consejo de Estado de conformidad con la ley.
En cuarto lugar, el cliente es sospechoso de actividades de lavado de dinero y financiación del terrorismo.
En quinto lugar, la información del cliente obtenida por la institución financiera es inconsistente o contradictoria con la información relevante que domina previamente.
En sexto lugar, existen dudas sobre la autenticidad, validez e integridad de la información de identidad del cliente obtenida previamente, y otras situaciones en las que la institución financiera cree que la identidad del cliente debe volver a identificarse.