La Red de Conocimientos Pedagógicos - Conocimientos universitarios - 16. No se encuentran entre los fines de la sanción en nuestro país ()

16. No se encuentran entre los fines de la sanción en nuestro país ()

1. Castigar los delitos

El castigo de los delitos no es el fin, sino el medio en sí.

El objetivo del castigo no es castigar el delito. En general, se cree que "el castigo no es un castigo por castigar". En términos generales, el objetivo del castigo es prevenir el delito, incluida la prevención general y la prevención especial. El castigo es un medio y no el fin del castigo.

Sin embargo, el artículo 1 de la Ley Penal de mi país estipula: “Para castigar los delitos y proteger al pueblo, esta ley se formula de conformidad con la Constitución y en combinación con la experiencia específica de mi país en la lucha contra el crimen y la situación real.”

Si se interpreta puramente desde una perspectiva jurídica, uno de los propósitos de promulgar derecho penal es castigar los delitos.

Lea el artículo 2 de la "Ley Penal" y compárelo con el artículo 1. No es difícil encontrar que el significado de las tareas del derecho penal estipuladas en el artículo 2 se refiere a "combatir todos los actos delictivos con castigo". ", es decir, "castigar" el delito” para “proteger…”. De esta manera, la relación entre "castigar los delitos" y "proteger al pueblo" forma medios y fines, constituyendo un proceso dinámico. La primera visión mencionada anteriormente considera que castigar los delitos y proteger a las personas como los dos fundamentos del propósito del derecho penal. Parecen ser dos fundamentos en paralelo y no cumplen plenamente con las disposiciones del artículo 2 del Código Penal.

Sin embargo, la expresión "para..." es una expresión de finalidad, y lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Penal "con el fin de castigar delitos" es evidente. Si "con el fin de castigar crímenes" no es una expresión de propósito, ¿qué pasa si "con el fin de castigar crímenes" y "proteger al pueblo" no son los dos aspectos fundamentales del propósito del derecho penal? La segunda opinión es que "castigar los delitos" es el propósito del derecho penal en el sentido más directo, pero no es un propósito independiente. De hecho, tiende a negar que el “castigo del delito” sea el propósito del derecho penal.

Entonces creo que A es el método de castigo en sí, no el propósito, por lo que se debe elegir A. En términos generales, el propósito del castigo es prevenir el delito, BC es prevención especial y D es prevención general.

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Por supuesto que tiene sentido elegir D, porque el derecho penal no está dirigido a las masas. ; Para delincuentes. . . . Pero tal explicación es demasiado política e inconsistente con los principios legales. Según la teoría jurídica general, los individuos todavía tienden a elegir a.